Una de las dudas más frecuentes a la hora de realizar la declaración de la renta es saber si las personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital (SMI) deben presentarla. Te detallamos si esto es así y cómo afecta a la unidad familiar en la que conviven.
¿Tengo que hacer la declaración si cobro el IMV?
Sí. Con independencia de la cuantía de sus ingresos, las personas que cobran el IMV deben presentar la declaración de la renta, así como todas las integrantes de la unidad de convivencia. Si hay menores de edad, también tendrán que presentarla de forma individual o conjunta con sus progenitores.
No obstante, cabe recordar que el IMV es una renta exenta y, en muchos casos, el resultado sale a cero, es decir, ni a ingresar ni a devolver. Por tanto, la mayoría de sus beneficiarios no tendrá que incluirlo en su declaración porque ya saldrá a cero, pero esto no les exime de la obligación de presentar la declaración en sí misma. Como indica la Agencia Tributaria, en la mayoría de casos se trata de un proceso sencillo.
Aunque el IMV es una renta exenta, tiene un límite de 12.600 euros anuales, de modo que sí deberán declararse los rendimientos de trabajo que excedan ese límite. Así, todo lo que supere esa cuantía tributará como tal en el IRPF.
En el caso de que, además del IMV, se hayan percibido ayudas a colectivos en riesgo de exclusión, como la renta mínima de inserción, solo se debe declarar y tributar por ese exceso.
Cómo trasladar la información al borrador
Antes de nada, es útil consultar los datos fiscales en la web de organismo para saber con detalle qué parte proporcional del IMV va a cada miembro de la unidad familiar. El contribuyente solamente tendrá que incluir esa información en el borrador de Renta WEB y confirmar la declaración. Este año, como novedad, también podrá seguirse este procedimiento con un nuevo sistema llamado Renta DIRECTA.
Si no se han obtenido otras rentas aparte del IMV, las casillas en la declaración aparecerán a cero. Además, el organismo recuerda que el IMV no da derecho por sí mismo a la deducción por maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
¿Individual o conjunta?
En el supuesto de una familia beneficiaria del IMV y en la que ambos progenitores están casados y tienen hijos menores de edad, el organismo recomienda presentar la declaración conjunta de todos los miembros.
Por otro lado, si no hay matrimonio, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos y el otro, declaración individual.
¿Qué es el IMV?
El IMV es una prestación impulsada para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de algunas personas y unidades familiares que tienen dificultades para cubrir el coste de sus necesidades básicas.
La cuantía en 2025 para un beneficiario individual es de 658,81 euros mensuales y de 856,46 euros para una unidad familiar compuesta por un adulto y un menor o por dos adultos, según el Ministerio de Seguridad Social. En el caso de un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos, la prestación alcanza los 1.054,10 euros.
El ministerio cuenta con un simulador para saber si se tiene derecho a esta prestación.
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