La campaña de la renta de este año trae consigo varias novedades que pueden afectar al bolsillo de los contribuyentes. Algunas se refieren a los rendimientos del trabajo, las deducciones por alquilar una vivienda y un mayor control en las ventas realizadas a través de plataformas digitales. Te explicamos algunas de las más destacadas.
Aumenta la reducción por rendimientos del trabajo
Uno de los cambios de este año tiene que ver con las rentas más bajas. La reducción por rendimientos de trabajo aumenta de 6.498 euros anuales a 7.302 euros anuales, tal y como indica la Agencia Tributaria. Esto significa que los contribuyentes con salarios más bajos podrán reducir más su base imponible —la cantidad sobre la que se calculan los gravámenes y retenciones— y, por tanto, pagarán menos impuestos.
Sube el mínimo exento si se tiene más de un pagador
Dentro de los rendimientos íntegros del trabajo, se eleva el mínimo exento en caso de haber tenido más de un pagador. Concretamente, pasa de 15.000 a 15.876 euros anuales debido al incremento en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2024.
Así, los contribuyentes estarán obligados a declarar si han tenido rendimientos superiores a 15.876 euros de más de un pagador y si la suma de las cantidades del segundo y siguientes pagadores supera los 1.500 euros, tal y como indica el organismo. Por ejemplo, si en 2024 se han cobrado 16.000 euros y, de ese total, 2.000 euros corresponden al segundo y posteriores pagadores, hay que presentar la declaración.
En el caso de haber tenido un único pagador, la obligación de hacerla es para aquellos con ingresos superiores a 22.000 euros, la misma cifra que en otros años.
Cambios en las deducciones en el alquiler de vivienda
Hasta ahora, tener una vivienda y ponerla en alquiler en el mercado como vivienda habitual implicaba una deducción del 60%. Este año, en la mayoría de comunidades autónomas habrá una deducción genérica del 50%, pero en las zonas declaradas como tensionadas —en 2024, solamente incluye a Cataluña— se aplicarán deducciones especiales:
- De hasta el 90% si se ha rebajado al menos un 5% el precio del alquiler.
- Del 70% si se ha alquilado a jóvenes menores de 35 años.
- Del 60% si se ha realizado una rehabilitación en el inmueble.
Así lo indica la Agencia Tributaria en su web, en aplicación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Plataformas digitales
Este año, Hacienda controlará más los rendimientos obtenidos en las plataformas digitales. La novedad no es que el organismo vaya a obligar a los contribuyentes declarar estos ingresos —algo que ya instaba a hacer hasta ahora—, sino que también va a requerir a estas plataformas que reporten los datos de compraventa de servicios y artículos nuevos y de segunda mano. Lo harán mediante un nuevo modelo, el 238. Por su parte, los vendedores tendrán que reportar sus datos a estos portales.
Todo va en consonancia con la directiva europea DAC 7, que insta a los países a destapar esta economía sumergida y no declarada. "No está tan pensando para un particular que vende dos camisetas, sino para prevenir ciertas actuaciones, como obtener ingresos sin estar dado de alta como autónomo", explica a RTVE.es Aitor Fernández, experto fiscal de Taxdown.
Así, alguien podrá ser requerido por Hacienda si ha vendido más de 30 productos de segunda mano en la misma plataforma, o si alguna de esas transacciones o el total supera los 2.000 euros.
Donaciones
En esta campaña, el contribuyente podrá deducirse el 80% de los primeros 250 euros que haya donado a entidades oficiales —hasta ahora, era sobre los primeros 150 euros—. Además, para cuantías por encima de esa cifra, la deducción será del 40% —en vez del 35% vigente hasta ahora—, y si se han realizado donaciones a la misma organización en los dos años anteriores, el porcentaje aumenta al 45%. Se aplica también a las donaciones realizadas a entidades por la dana.
Compensaciones fiscales por la dana
Dentro del plan de ayudas puesto en marcha por el Gobierno de España y el de la Comunidad Valenciana hay varios aspectos fiscales que afectarán directamente al bolsillo de la ciudadanía. Entre ellos, la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de 2024 y la reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). También se podrán deducir el 100% en los gastos de reparación por daños causados de forma directa y determinante por el temporal en la vivienda habitual, como indica el organismo.
Personas en paro
Finalmente, tras el último cambio de criterio del Gobierno, las personas desempleadas no tendrán que presentar la declaración de la renta de forma obligatoria este año, pero sí tendrán que hacerlo en 2026, independientemente de que cumplan o no el importe mínimo exigible. En todo caso, podrán hacerla de forma voluntaria si les sale a devolver y les compensa.
No obstante, hay que recordar que si una persona en paro ha ingresado más de 22.000 euros en 2024 —15.876 si han tenido más de un pagador— o ha realizado una venta de inmuebles o acciones, sí tendrá que hacerla por esos rendimientos generados.
Eficiencia energética y vehículos eléctricos
Se mantienen las deducciones por obras de mejora en la eficiencia energética de viviendas habituales y en alquiler, y también las de la compra de vehículos eléctricos.
Mutualistas
Hay otra novedad con respecto a los mutualistas. Hacienda ha anunciado que abonará "en un solo pago" las devoluciones a las que tienen derecho los pensionistas de antiguas mutualidades. Las devoluciones a estos pensionistas empezaron en 2024.
Nuevas formas de pago
Este año, si la declaración sale a pagar, por primera vez se permitirá hacerlo por Bizum. Además, se mantienen los métodos válidos hasta ahora, como la tarjeta bancaria, hacer una transferencia o un ingreso a cuenta y domiciliación.