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Los alquileres que se revisen podrán subir un 2,19% como máximo si se aplica el índice de referencia del INE

  • El dato, correspondiente a enero, es 0,09 puntos inferior al que Estadística publicó el pasado mes

  • Sustituye al IPC como referencia para actualizar los contratos firmados después del 25 de mayo de 2023

Los alquileres que se revisen podrán subir un 2,19% como máximo si se aplica el índice de referencia del INE
RTVE.es
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Los contratos de alquiler de viviendas que se revisen a partir de ahora podrán subir un 2,19% como máximo, de acuerdo con el nuevo índice de referencia publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

El dato, correspondiente a enero de 2025, se sitúa 0,09 puntos por debajo del que el INE publicó el pasado 15 de enero (relativo a diciembre) y que dejaba la subida en el 2,28%.

Este indicador sustituye al IPC como referencia principal para actualizar las rentas de alquiler de los contratos firmados después del 25 de mayo de 2023, tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda. El objetivo es evitar incrementos desproporcionados en la revisión de los contratos de arrendamiento, como se estaban registrando por el alza de la inflación.

Precisamente, Estadística ha publicado este viernes el dato definitivo del IPC de enero, que se queda en el 2,9% por el precio de los carburantes y la electricidad.

Método de cálculo

El encargado de elaborar este índice mensualmente es el INE y para ello considera una serie de parámetros, de acuerdo a los últimos datos mensuales disponibles.

En concreto, se utiliza el mínimo valor entre la tasa de variación anual del índice de precios de consumo (IPC), la tasa de variación anual del IPC subyacente y la tasa de variación anual media ajustada.

Además, incorpora mecanismos de corrección para la moderación en caso de incrementos superiores al 2%, según explicó el pasado mes de diciembre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.