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Elecciones del 4 de mayo

Madrid elige a los miembros de las mesas electorales

  • 30.483 seleccionados por sorteo

  • La comunicación se envía por correo postal a cada persona

VICTOR ROMERO/TALIA MARTÍNEZ / RTVE MADRID
2 min.

El próximo 4 de mayo los madrileños acudirán a un total de 429 colegios electorales del municipio de Madrid, lo que supone uno más que en las anteriores elecciones de noviembre de 2019. En total, hay 3.387 mesas, casi un 9 por ciento menos para mantener las distancias por protocolo Covid. Ejercerán su derecho al voto un total de 2.644.424 electores.

30.483 vecinos designados

Cada mesa electoral está integrada por un presidente y dos vocales. Además, el proceso informático ha designado dos suplentes para cada uno de estos tres miembros, de modo que hay un total de nueve electores por mesa aunque sólo tres de ellos actuarán el día de las elecciones. Como el 4 de mayo es un día laborable, tienen derecho a un permiso retribuido y a una dieta de 65 euros.

A las personas seleccionadas se les remitirá una notificación, con acuse de recibo. Posteriormente, se les enviará el manual de miembro de mesa, en el que se detallan sus funciones.

Una mujer limpia una mesa donde están las papeletas de votación en el Centro de Cultura Contemporánea de Barcelona. EFE/Marta Pérez

Podrán renunciar las personas mayores de 65 años

La condición de miembro de la mesa electoral tiene carácter obligatorio. Pero hay excepciones que se pueden alegar por escrito ante la junta electoral de zona. Entre ellas, ser mayor de 65 años, tener una incapacidad, un embarazo de riesgo, estar dando el pecho a un bebé, tener a tu cargo un niño menor de 8 o una persona incapaz, o hijos menores de 14 y que el otro progenitor no pueda hacerse cargo, haber formado ya parte al menos en 3 ocasiones en los útlimos 10 años de una mesa electoral, tener acreditado ser víctima de un delito, lesiones y dolencias que lo impidan, intervenciones quirúrgicas o analíticas ese dia, o tener un evento de especial importancia.

Cárcel de un año o multas de 6.000 euros

La no presentación de los electores designados al acto de constitución de las mesas el 4 de mayo, sin previa justificación, se considera delito electoral y dará lugar a su procesamiento judicial. Las penas a las que pueden ser condenados son prisión de tres meses a un año o de multa de 600 euros a 6.000 euros, según el artículo 143 de la LOREG.

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