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No, la vacunación no llevará a los sanitarios a juicio por crímenes de guerra

VerificaRTVE
5 min.

En VerificaRTVE hemos identificado un cartel que se comparte en redes sociales advirtiendo a los sanitarios que podrán ir a juicio por crímenes de guerra debido a la vacunación del COVID-19. Es un bulo. Nada de lo que dice la publicación es cierto. Te la desmontamos paso a paso.

El mensaje que se comparte contiene varias mentiras: la advertencia a los sanitarios que podrán “ir a juicio por responsabilidad en crímenes de guerra”, que “como paciente ud. participa en un ensayo”, que es una vacuna “sin garantía de inmunidad” y que “los médicos y científicos no saben qué pueden causar los daños a corto o largo plazo”. Finalmente el texto recomienda a los lectores leer para informarse el Código de Núremberg, que es una declaración internacional que nada tiene que ver con la vacuna de la COVID-19.

La principal afirmación falsa que realiza el texto es advertir a los “sanitarios, médicos y enfermeras” que podrán ir a juicio por responsabilidad en crímenes de guerra. Los crímenes de guerra están definidos por la Corte Penal Internacional de la Haya, en el artículo 8 de su Estatuto, conocido como el Estatuto de Roma. Sus supuestos se refieren a conflictos, no a períodos de paz, y castigan aspectos como por ejemplo “la toma de rehenes” o “bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares”. Nada referido a vacunar a la población.

Diversas falsedades

El bulo continúa diciendo que “la vacuna es experimental” y que el paciente “participa en un ensayo”. No es cierto, las vacunas que están siendo administradas a la población tienen la aprobación de las diferentes agencias responsables tras haber superado las fases de ensayo clínico I a III. En este momento las vacunas que se administran en la Unión Europea han sido autorizadas para su comercialización condicional, lo que quiere decir que cumplen “con los rigurosos estándares de la UE en materia de calidad, seguridad y eficacia” según la Agencia Española del Medicamento (AEMPS).

Otra falsedad del mensaje es que la vacuna es “sin garantía de inmunidad” y que “solo disminuye los síntomas”. Esto es rotundamente falso, ya que la vacuna persigue precisamente generar inmunidad a la enfermedad. Tal y como lo explica la Agencia Española del Medicamento las vacunas preparan el sistema inmune para reconocer y defenderse de los virus y bacterias que causan enfermedades: “cuando una persona recibe la vacuna, el sistema inmune reconoce esta proteína viral como un agente extraño y produce una respuesta de anticuerpos”.

Al final se advierte que “los médicos y científicos no saben qué pueden causar los daños a corto o largo plazo”, y esto se debería a que no existen estudios a largo plazo. Pero las vacunas que se están administrando tras su aprobación por las autoridades nacionales han demostrado ser seguras en diversos ensayos clínicos, como te explicábamos anteriormente. Estos estudios tienen en cuenta los posibles efectos adversos a corto y largo plazo y sirven para autorizar o no la comercialización de las vacunas. En el caso de la COVID-19, cuyo desarrollo se ha realizado en tiempo récord, la AEMPS nos recuerda que, igual que con el resto de medicamentos, existe un sistema de farmacovigilancia con alertas “que permiten identificar reacciones adversas que sean muy poco frecuentes o que excepcionalmente puedan ocurrir tras un tiempo de haber recibido la vacuna”.

Doble referencia a Núremberg

Este bulo realiza dos referencias fuera de contexto al Código de Núremberg. Al final del mensaje recomienda revisar este documento de ética médica que “le hace responsable de sus acciones” [al personal sanitario]. El Código de Núremberg se publicó tras los juicios celebrados en esta ciudad alemana contra cargos del régimen nazi tras su derrota en la Segunda Guerra Mundial. Se trata de una declaración internacional en el campo de la bioética en la que se sientan principios básicos que deben ser respetados en la experimentación científica sobre humanos. Pero la campaña de vacunación actual no es una experimentación: ya se ha testado previamente durante las fases I a III de su desarrollo, y ese proceso ha debido cumplir el Código de Núremberg.

La otra referencia tiene que ver con la frase entrecomillada al principio del documento: “Sólo estaba cumpliendo órdenes”, advirtiendo de que eso “NO es una defensa legal”. Que “cumplir órdenes” no se acepte como excusa para cometer un delito es resultado de la doctrina desarrollada durante los juicios de Núremberg. El artículo 33 del Estatuto de Roma lo recoge, avisando de que quien cometa un crimen “en cumplimiento de una orden emitida por un gobierno o un superior, sea militar o civil, no será eximido de responsabilidad penal”, con la única excepción de que estuviera obligado por ley a cumplir esa orden y ésta no fuera manifiestamente ilícita. Como hemos comentado más arriba, el Estatuto de Roma no se dirige a los sanitarios ni menciona ningún supuesto que pueda vincularse con la vacunación en tiempo de paz.

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