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¿Qué actividades económicas paran por el estado de alarma y cuáles son esenciales?

M. CARMEN CRUZ MARTÍN
6 min.

El Gobierno ha concedido una moratoria al cierre de toda actividad no esencial, anunciada este sábado por Pedro Sánchez y ratificada este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario, y permitirá trabajar a los empleados este lunes 30 de marzo ante las dificultades halladas para aprobar el detalle de las nuevas medidas. La finalidad es reducir la movilidad a la que hay "los domingos" y frenar así los contagios para "aliviar" la presión de los hospitales y de las UCIs.

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Debido a esta medida, todos los trabajadores ocupados en actividades no esenciales deberán quedarse en casa, con un permiso retribuido "recuperable" que, según ha explicado este domingo la ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, "no afectará a personas que teletrabajen, los servicios esenciales, los que estén de baja por incapacidad temporal, con permisos de paternidad o maternidad, o los afectados por ERTEs", salvo que estos ERTEs sean de jornada reducida. En este caso, esa jornada reducida deberá parar igualmente y entonces sí que se verá afectado.

Vídeo | El Gobierno confirma que los "permisos retribuidos no afectarán a personas que teletrabajen, servicios esenciales ni afectados por ERTEs"

¿Qué actividades están consideradas esenciales?

En cuanto a las actividades consideradas esenciales, en el Real Decreto del Estado de Alarma publicado el pasado 14 de marzo, se consideran servicios esenciales los referentes a la alimentación tanto de las personas como de los animales, la sanidad, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, los transportes públicos, y empresas de telecomunicaciones y servicios informáticos esenciales.

[Consulta aquí el Real Decreto del Estado de alarma (.pdf)]

Y aunque no constan como esenciales, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha especificado que los medios de comunicación tendrán tal reconocimiento por el trabajo que desempeñan.

Además, según la Ley 8/2011, de 28 de abril, se considera servicio esencial "el servicio necesario para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas".

También estará garantizado el suministro de energía eléctrica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Los transportes públicos seguirán funcionando, aunque lo harán, como hasta ahora, con servicios reducidos en al menos un 50%, porque así ya quedó fijado en el Real Decreto del Estado de alarma. Por ejemplo, cuando haya que viajar en autobús, solo se puede ocupar en torno a una cuarta parte del vehículo.

El transporte público continúa funcionando como servicio esencial

Según datos del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, este sábado el uso del Cercanías ha sido muy bajo y se ha reducido al 12,5% en la Comunidad de Madrid y al 9,7% en Barcelona, mientras que en otros núcleos ha caído por debajo del 5%. En el caso de la Alta Velocidad y la larga y media distancia, también ha descendido su uso y su ocupación va entre el 3,8% y el 9,1%, en función del lugar.

En los autobuses de larga distancia, su uso ha caído un 97,75%, y en el sector aéreo, se ha reducido un 93,5% con respecto a un sábado equivalente de 2019.

¿Quiénes seguirán trabajando?

Continuarán abiertos, como hasta ahora, los establecimientos de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, de productos higiénicos, farmacias y comercios de productos ortopédicos, de prensa y papelería, estancos, tiendas de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia.

Según el Real Decreto Ley 10/2020, aprobado este domingo 29 de marzo, seguirán los trabajos relacionados con la producción y abastecimiento de productos de primera necesidad, los trabajadores de seguridad privada, los trabajos en instituciones penitenciarias, extinción de incendios o tráfico y seguridad vial o el personal de servicios financieros y seguros.

[Consulta la medidas aprobadas en el Real Decreto Ley al que ha tenido acceso RTVE]

Asimismo podrán continuar con su actividad las industrias que han reorientado su producción para permitir el "autoabastecimiento" de productos sanitarios básicos como la fabricación de mascarillas, batas, geles hidroalcohólicos o respiradores, para "no depender de países externos", pues "el mercado exterior está cerrado y se queda en los países que lo producen", según la portavoz del Ejecutivo.

En este sentido, Montero ha explicado que la industria textil que ahora está haciendo mascarillas y batas, las empresas de bebidas alcohólicas que han empezado a hacer geles hidroalcohólicos, y la industria aeronáutica y automovilística que están trabajando en hacer respiradores, no deberán parar.

Vídeo | Yolanda Díaz: "En cada empresa de nuestro país será negociada la devolución de sus horas"

También deberán seguir trabajando las personas que prestan servicios en gestorías, notarías y en actividades de gestión de prestaciones o subsidios públicos, y los dedicados a la actividad sindical.

Seguirán trabajando quienes presten servicios de limpieza y recogida de residuos, en empresas funerarias, o servicios de mantenimiento, los trabajadores de Correos y los que se dediquen a la entrega de productos adquiridos por internet, los que desarrollen actividades de gestión en autopistas de peaje y en las estaciones y áreas de servicio.

Además, quienes hayan podido optar por el teletrabajo en casa, podrán seguir desempeñándolo.

¿Qué actividades deberán parar?

Entre las actividades que deberán cesar están las obras de construcción, tal y como ha señalado el presidente del Gobierno en rueda de prensa.

Hasta ahora se permitía la apertura de buena parte de la industria, pero a partir de ahora no podrán abrir las fábricas cuya producción no se haya adaptado a la fabricación de material sanitario, o bien no se dediquen al suministro de alimentación o bienes de primera necesidad.

También continuarán cerrados, como desde el pasado 14 de marzo, bares, restaurantes, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones, auditorios, parques infantiles y se prohíben las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

Y a pesar de que en el decreto de 14 de marzo constan las peluquerías como establecimientos que permanecerían abiertos, finalmente fueron excluidas, después de que el Gobierno de la Comunidad de Madrid decidiera cerrarlas. Por eso, desde el lunes 16 de marzo, tampoco abren.

¿Qué pasará con los trabajadores que deberán dejar de trabajar?

El presidente del Gobierno ha asegurado que todos los trabajadores de actividades no esenciales que no vayan a trabajar estas dos semanas tendrán un "permiso retribuido recuperable", por lo que percibirán "su salario con normalidad", aunque cuando termine la emergencia sanitaria, deberán recuperar las horas de trabajo no prestadas de manera paulatina y progresiva hasta el 31 de diciembre.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado que las empresas y los trabajadores deberán acordar la manera en que se han de recuperar esas horas que no se podrán trabajar, pero siempre respetando el descanso entre jornadas, el descanso semanal y la compatibilidad de los derechos de conciliación.

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