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Europa apuesta por la mediación y el arbitraje para desbloquear la negociación de convenios

  • Solo en dos países es obligatorio aceptar las decisiones de los árbitros

  • Entra en vigor la reforma de la negociación colectiva en España este lunes

RTVE.es
3 min.

El pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobaba el decreto de reforma de la negociación colectiva, la nueva normativa que desde este lunes regula ya las relaciones entre empresa y trabajadores.

Las principales novedades de la ley que ha impusaldo el Ejecutivo, tras el fracaso del diálogo entre sindicatos y patronal, son dos: la limitación de la prórroga automática de los convenios colectivos (la denominada ultraactividad) a un máximo de 14 meses y la preeminencia del convenio de empresa sobre el provincial del sector.

Para solucionar la ultraactividad, se recurrirá al arbitraje, que será obligatorio si no hay acuerdo entres trabajadores y empresarios en la negociación del nuevo convenio. El recurso a la mediación y al arbitraje para desbloquear la negociación de los convenios es algo común en Europa. Pero solo en dos países, Grecia y Estonia, es obligatorio aceptar las decisiones de los árbitros. España es el tercero.

Alemania

Según informa Miguel Ángel García, corresponsal de TVE en Berlín, en la mayoría de los casos y de forma voluntaria, sindicatos y empresarios prevén introducir la figura del arbitraje laboral, aunque no existe un arbitraje estatal obligatorio.

En este país, los convenios colectivos generales para un sector son casi la excepción. Lo que hay son diferentes convenios según la zona (el este y el oeste) con diferencias que a veces llegan al 25% del sueldo.

Uno o dos mediadores se incorporan a las negociaciones y ayudan con sus decisiones, aunque no son vinculantes. Mientras, evitan una huelga y el convenio colectivo anterior sigue vigente.

Francia

En el país galo, vencido un convenio colectivo, y ante la ausencia de acuerdo entre empresarios y trabajadores, se prolongan las condiciones del convenio en cuestión durante cinco años, siempre que no se opongan, explícitamente, la mayoría de las organizaciones sindicales que en su momento firmaron ese convenio colectivo.

Es decir, no hay previsto ningún arbitraje obligatorio que fuerze a la negociación de un nuevo convenio. Lo que sí se prevé es la puesta en marcha de un observatorio paritario -con representantes de empresarios y sindicatos- que vigilará para que no se vean perjudicadas ninguna de las partes, informa David Picazo, corresponsal de TVE en París.

Reino Unido

En este país existe un organismo independiente, aunque financiado por el gobierno, de "asesoramiento, conciliación y arbitraje". A él pueden acudir tanto los trabajadores a título individual, como colectivo -los sindicatos por ejemplo- y también los empresarios. Ofrece servicios de asesoramiento o mediación en una negociación y también arbitraje. Y acudir a él es voluntario.

Según informa Anna Bosch, corresponsal de TVE en Londres, en caso de arbitraje en un conflicto las partes tienen que estar de acuerdo en recurrir al arbitraje y comprometerse previamente a acatar la decisión del árbitro.

Bélgica

En el corazón de Europa, como en la mayor parte de los países que pertenecen a la UE, no es obligatorio ni el arbitraje ni la mediación laboral.  Los salarios se actualizan anualmente de forma automática, teniendo como referencia el Índice de Precios al Consumo.

En un país en el que la inmensa mayoría de los trabajadores, entre el 90 y el 100%, están sometidos a convenio, la renovación de estos siempre va acompañada de pulsos entre patronal y sindicatos, informa Álvaro L. de Goikoetxea, corresponsal de TVE en Bruselas.

Cuando surgen dificultades y se bloquea una negociación, los convenios siguen en vigor para quienes los suscribieron en su momento, pero no para los nuevos trabajadores contratados.

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