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Incumplir el plan de ahorro energético conllevará multas de entre 60.000 euros y 100 millones

  • Las sanciones se calcularán en función de la gravedad de la infracción

  • Será obligatorio apagar las luces de escaparates y edificios públicos desocupados a partir de las 22.00 horas

RTVE.es / AGENCIAS
4 min.

Los espacios comerciales, edificios públicos, espacios culturales y hoteles que incumplan el plan de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno afrontarán multas de hasta 60.000 euros por infracciones leves, podrán ascender a seis millones de euros si son graves y hasta 100 millones de euros en el caso de ser muy graves.

Según fuentes del Ministerio, las sanciones que se aplicarán serán las recogidas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), dispuestas a su vez los artículos 30 a 38 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sobre infracciones administrativas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el real-decreto de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado este lunes por el Consejo de Ministros, que recoge la obligatoriedad en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles de limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno.

Apagar las luces de escaparates y edificios públicos a partir de las 22:00

Este paquete de medidas, que complementa al RITE, también obligará a apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22.00 horas. A partir de esa hora también se apagará la iluminación decorativa de fachadas. La regulación de la iluminación exterior solo afectará a los edificios de uso público, no a las ornamentales, por ejemplo, las luces navideñas.

Todas estas medidas deberán aplicarse hasta siete días después desde su publicación en el BOE, producida este martes, y tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.

Además, se obligará a que antes del 30 de septiembre los edificios y locales tengan cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente y se desperdicie energía. También deberán incorporarse carteles para explicar estas medidas de ahorro en los establecimientos, así como para informar sobre las temperaturas y niveles de humedad.

Entre las medidas se incluye la exigencia de someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022. Esto va dirigido a los edificios obligados que hayan realizado el anterior trámite antes del 1 de enero de 2021, de modo que todos los edificios que tengan altos niveles de consumo climatizado hayan superado una inspección en los últimos dos años.

Así, para ejecutar rápidamente las obras de mejora energética en los edificios de las administraciones públicas, estas podrán aplicar procedimientos de contratación de urgencia. Estos contratos se ejecutarán en un plazo inferior a un mes desde su formalización.

Excluidos los hospitales, peluquerías, gimnasios y centros educativos

La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha resaltado este martes que se trata de una norma "muy acotada" y que contempla excepciones "necesarias para mantener una climatización adecuada" en hospitales, centros educativos, gimnasios, peluquerías o las cocinas de los restaurantes.

Maroto ha querido tranquilizar a la población y ha asegurado que la norma tiene excepciones para que los trabajadores siempre "tengan unas condiciones climáticas adecuadas para el trabajo que tiene que hacer", tal y como ha indicado a La Hora de La 1.

"Es una norma que claramente contempla las excepciones necesarias para garantizar la climatización en los espacios, sobre todo donde los trabajadores necesitan desarrollar sus actividades con una temperatura adecuada y también, por ejemplo, cuando haya picos de ocupación de determinados establecimientos", ha explicado la titular de industria, que ha señalado que la norma está consensuada con el sector.

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