La 'Ley Rider' ha reconocido la situación de trabajadores por cuenta ajena a los ‘rider’, los repartidores de comida y productos a domicilio, pero ha dejado muchos flecos sueltos respecto al modelo laboral de los trabajadores surgidos con la irrupción de la economía digital.
La nueva norma reconoce como asalariados únicamente a los repartidores de plataformas digitales, dejando fuera a otros trabajadores de este tipo de plataformas que no se dediquen al reparto. Según Ignasi Beltrán, profesor de derecho laboral en la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), “el principal problema de hacer una ley ad hoc es que no se ha dado respuesta a todo el fenómeno, que es mucho más amplio y está en clara expansión”.
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“Una ley muy insuficiente”
Desde la plataforma Riders x derechos, que llevan años luchando por ser reconocidos como asalariados, opinan que la 'Ley Rider' es “muy insuficiente y no va a la raíz del problema”. Para diversos expertos especialistas en economía y derecho del trabajo, este tipo de empresas promueven la ‘uberización’ de la economía que Melissa Renau, investigadora en la UOC, define como “el uso de plataformas digitales para degradar condiciones laborales” y advierte de que ir en esta dirección significa “ir hacia un modelo donde la protección social sea muy mínima”.
Para Riders x derechos la aprobación de la norma es solo un punto y aparte y creen que “habrá que seguir luchando para que las empresas contraten a sus trabajadores cumpliendo con los convenios colectivos y que no pasen del fraude de los falsos autónomos al fraude de las subcontrataciones”. Con ello, hacen referencia a las empresas de reparto de comida a domicilio que hoy en día utilizan la subcontratación a través de empresas de trabajo temporal para contratar a sus ‘riders’. Muchas asociaciones pro autónomos también han expresado su preocupación sobre esta práctica una vez se aplique la ley.