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El Supremo acredita una "deliberada ocultación" de los gastos del 1-O y el insuficiente control de Hacienda

RTVE.es
4 min.

El Tribunal Supremo señala en su sentencia contra los acusados del ‘procés’ que hubo una “deliberada ocultación” de los gastos que se efectuaron o comprometieron para el 1-O y acredita una “insuficiencia del control formal del Ministerio de Hacienda Pública para detectarlos”.

No obstante, los magistrados estiman que Hacienda, tras “un detenido trabajo de fiscalización” consiguió aflorar “alguna de las expensas” realizadas por los líderes del ‘procés’ para poder celebrar el referéndum ilegal.

[Sigue en directo la última hora de la sentencia del procés]

Así lo refleja el capítulo que el alto tribunal dedica en la sentencia al delito de malversación, por el que únicamente han sido condenados cuatro de los doce líderes acusados: el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull (Presidència), Raül Romeva (Exteriores) y Dolors Bassa (Trabajo).

Ese delito se ha visto agravado, subraya el Supremo, por "la deslealtad que representa haber puesto la estructura de sus respectivos departamentos al servicio de una estrategia incontrolada de gasto público al servicio del referéndum ilegal".

Se malversaron más de 250.000 euros

Los magistrados no han logrado determinar la cuantía de la malversación de caudales, pero en su fallo indican textualmente: "La disposición de fondos públicos que damos por acreditada supera ampliamente la cantidad de 250.000 euros".

"Y fue ejecutada -añade- por quienes tenían la condición de autoridad. Lo hicieron para conseguir la celebración de un referéndum ilegal, respecto del cual carecían absolutamente de competencias", añade el texto.

La sentencia repasa las distintas partidas que las acusaciones consideraron que el Govern había podido desviar para financiar actividades relacionadas con el referéndum del 1-O y señala que la Generalitat encargó a Unipost de forma “oculta y clandestina” la distribución de 56.000 cartas para las mesas electorales y 5.346.734 sobres con tarjetas censales por un importe de 979.661.96 euros y "cuya procedencia en esa tarea de enmascaramiento se dividió en cinco departamentos".

También han acreditado otros gastos que estarían vinculados con el Consejo de la Diplomacia Pública de Cataluña, Diplocat.

El Tribunal Supremo ha condenado a Oriol Junqueras y al resto de líderes independentistas encausados a penas de entre nueve y trece años de prisión por sedición y, en el caso de cuatro de ellos, por malversación de fondos públicos, descartando el delito de rebelión pese a que constata la existencia de "indiscutibles episodios de violencia" en Cataluña.

Los gastos: Unipost, Diplocat o equipos de expertos

Asimismo, el Supremo ve probada la existencia de visitas de un grupo de parlamentarios europeos, entre los días 28 y 29 de septiembre y el 2 de octubre de 2017, que estaban orientadas a publicitar y legitimar el referéndum. Ese gasto fue de 43.341 euros.

Los magistrados también apuntan como gastos acreditados los de la contratación de un equipo de investigación experto en elecciones internacionales dirigido por Helena Catt, que importó 177.304 euros, o la de otro equipo integrado por el político holandés Willem "Win" Kok por 54.030 euros, que fueron devueltos porque la prestación no se realizó.

También aparecen reflejados en la sentencia los gastos generados a través de las delegaciones en el Exterior del Govern, todas ellas "vinculadas a decisiones susceptibles de control por Romeva".

Es el caso de la contratación de una consultora en Estados Unidos, en agosto de 2017, durante tres meses, para "hacer tarea de lobby en defensa de la celebración del referéndum", por un importe de 60.000 euros.

"Lo mismo aconteció con la contratación de los servicios de la institución The Hague Center for Strategic Studies, como observadores internacionales para verificar el referéndum del 1 de octubre. Se presupuestaron 167.065 euros, si bien restan 47.635 euros por abonar", detalla el Supremo.

"Decisivo protagonismo" de Junqueras

"La plena conciencia de los acusados Sres. Junqueras, Romeva Turull y la Sra. Bassa del carácter público de los fondos comprometidos y de la ilegalidad del referéndum abiertamente promovido en su condición de miembros del Govern, se obtiene sin dificultad a la vista de los mandatos del Tribunal Constitucional que fueron voluntariamente eludidos", señala el texto, en el que se recalca que "la autoría y el decisivo protagonismo" de Junqueras en los actos de "deslealtad" en la administración de fondos públicos es "palmaria".

Respecto a Bassa, su responsabilidad la ciñe el tribunal en el gasto realizado para la impresión de las papeletas que iban a ser usadas en la consulta del 1-O.

Si bien reconoce que Bassa no fue promotora del acuerdo solidario que firmaron los consellers el 6 de septiembre de 2017, recuerda que ella lo suscribió como el resto de los integrantes del Govern.

Y agrega que, frente a otros de sus compañeros que "se limitaron a la suscripción formal" pero "no realizaron actos directos de ejecución de la conducta malversadora", Bassa contribuyó a la celebración del referéndum ilegalizado "con actos en perjuicio del patrimonio público que tenía que administrar".

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