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La juez Alaya rechaza dividir la causa de los ERE en piezas separadas como pidió Anticorrupción

  • La magistrada alega que no cabe por el momento dividir la causa

  • El Parlamento andaluz le pide que remita los autos a la Fiscalía

RTVE.es / AGENCIAS
8 min.

La juez Mercedes Alaya, que investiga el caso de los ERE irregularesha rechazado  "por ahora" la petición que le trasladó la semana pasada la Fiscalía  Anticorrupción para que abriera una pieza separada por cada una de  las ayudas investigadas con el objetivo de elevar ya al Tribunal  Supremo la que se formaría en relación con los  expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio  Griñán y cinco exconsejeros, José Antonio Viera, Carmen Martínez  Aguayo, Manuel Recio, Francisco Vallejo y Antonio Avila, todos ellos  aforados y a los que la juez 'preimputó' el pasado año 2013.

En un auto notificado este lunes a las partes, la juez considera que "el riesgo de fallos contradictorios   constituye más que una mera probabilidad" y "es un peligro obvio,  serio  e indiscutible que no debe correrse" y que podría derivar en  "un  auténtico caos procesal". Por lo tanto, responde a la Fiscalía que "no ha lugar  por ahora a la división de la causa en diferentes piezas separadas".

En su escrito del pasado 31 de marzo, el Ministerio Público  consideraba "agotada la investigación en esta sede judicial en todo lo que es  posible sin dirigir el procedimiento contra las personas que gozan de  fuero".

Las tres piezas que solicitó la Fiscalía

La Fiscalía pidió tres piezas,  la primera sobre el  procedimiento específico "creado" para que la Consejería de Empleo, a  través de la Dirección General de Trabajo, pudiera conceder ayudas  sociolaborales y a empresas "sin sujeción al procedimiento que le era  propio, bajo el expediente de transferencias de financiación, que  además de situar los fondos en IFA para pagar dichas ayudas, evitaba  la fiscalización previa por parte de la Intervención de la Junta  propia de las subvenciones que otorgaba".

Señala que, aunque en Empleo "debían tramitarse expedientes de  transferencias de financiación al IFA, se otorgaron múltiples ayudas" con toda suerte de "irregularidades respecto del procedimiento de  subvenciones, con inexistencia de bases reguladoras, sin la menor  publicidad, concediendo con indiciaria arbitrariedad pólizas  individuales, además de resultar incluidos numerosos 'intrusos'".

"Esta sería la segunda pieza solicitada", explica la juez, quien  añade que dicho proceso, "que en muchísimos casos enmascaraba ayudas  directas a empresas, a éstas les resultaba gratis, pues era  financiado por la Junta sin el menor criterio de selección, a golpe  de presuntas influencias de sindicatos, mediadoras y despachos de  abogados, cada uno de los cuales obtenían sus ganancias  fundamentalmente del reparto de unas altísimas comisiones que la  Junta permitía que las mediadoras -Vitalia y Uniter- se llevaran,  muy por encima de la media del mercado", y esta parte, "según el  Ministerio Fiscal, constituiría la tercera pieza".

La juez señala que, "dejando a un lado la evidencia de la  complejidad de la causa, debería el Ministerio Fiscal haber esgrimido  auténticas razones procesales que hicieran posible el desmembramiento  de la causa y además explicar por qué realiza dicha solicitud en este  momento, conociendo que se espera la presentación de atestados e  informes que afectan a las tres piezas por él señaladas".

Hasta entonces, señala la juez, "no podrá considerarse concluida la instrucción", y "cuando  esto  ocurra podrá decirse si alguna parte es suceptible de  enjuiciamiento  separado porque no se haya acreditado interrelación  relevante con el  resto de la investigación".

Materias con una gran "interrelación"

Por otro lado, entiende que "resulta necesario destacar la extraordinaria  interrelación" entre las materias que menciona Anticorrupción, "pues  resulta evidente que las ayudas existieron en esa forma porque se  creó, a partir de las modificaciones presupuestarias primero y del  presupuesto elaborado cada año después, el marco procedimental idóneo  a través de las transferencias de financiación a IDEA remitidas por  la Consejería de Empleo, de forma que la fiscalización e inclusive la  tramitación se desarrollaba en dicho centro gestor al margen del  procedimiento legal de subvenciones, en un presunto torcimiento  concertado del Derecho".

A su juicio, la creación de ese procedimiento y "los presuntos  actos delictivos que cada año se generaron para crearlo y mantenerlo  constituyen el antecedente previo a la concesión de tales ayudas al  margen de la Ley de aplicación", añadiendo que "para ver con claridad  esta interrelación piénsese por ejemplo en las ayudas a la Sierra  Norte de Sevilla, específicamente dirigidas a favorecer un  territorio, y más que a un territorio a un grupo de personas en claro  detrimento de las demás, ayudas que fueron intensas hasta el año 2004  pero que perduraron por idéntica razón desigualitaria durante toda la  década".

"Ante este planteamiento podríamos argumentar la conexidad  subjetiva o incluso con mayores argumentos razones de conexidad  objetiva, esto es, de enlace objetivo de los hechos, para fundamentar  la no división de la causa", argumenta Alaya. 

"Estaríamos pues ante el concepto de conexidad necesaria que abogaría  por la indivisibilidad, no ya por razones de continuidad delictiva y  penalidad, como señala el Ministerio Fiscal, sino para evitar algo  que no tendría solución y que impediría el enjuiciamiento coherente,  o más bien, haría imposible el enjuiciamiento por separado de las  diferentes conductas: la ruptura de la continencia de la causa".

"Esta idea de ruptura de continencia de la causa cobra especial  significación en esta causa, sobre todo entre las piezas que la  Fiscalía denomina del 'procedimiento específico' y las relativas a  cada expediente de ayuda", pues "pensemos por ejemplo en múltiples  expedientes de ayuda ya estudiadas e instruidas" como Acyco,  Aglomerados Morell, Surcolor o Calderinox, "respecto de las cuales  solo faltaría la fase intermedia".

Así, "la pregunta es evidente: ¿cómo se va a enjuiciar la  consecuencia sin haberlo hecho de su causa? ¿Y si llegara a  producirse un pronunciamiento de condena de la primera y no de la  segunda? el riesgo de fallos contradictorios constituye más que una  mera probabilidad, es un peligro obvio, serio e indiscutible que no  debe correrse, pues podría atentarse contra la seguridad jurídica,  produciéndose lo que muchos han denominado un auténtico caos  procesal".

La nueva petición de la Fiscalía

La juez no se ha pronunciado por el momento sobre la petición de  la Fiscalía para una pieza separada sobre las ayudas a la Sierra  Norte y la eleve al Supremo, una petición que ha realizado tras  analizar el atestado de la Guardia Civil al respecto, que menciona,  al menos, a los exconsejeros Francisco Vallejo y José Antonio Viera y  al parlamentario socialista José Caballos.

La petición de la Fiscalía, a la que ha tenido acceso Efe, se basa en un atestado que el grupo de delincuencia económica de la UCO de la Guardia Civil entregó la semana pasada sobre las ayudas concedidas a la estructura societaria vinculada a los empresarios y exconcejales del PSOE José Enrique Rosendo y José María Sayago centrada en la Sierra Norte.

Además, la Guardia Civil destacó hace dos años en un atestado el papel esencial del diputado del PSOE José Antonio Viera en la ayudas en la comarca de la Sierra Norte. Según un auto de Alaya de octubre de 2013, los dos exconcejales del PSOE percibieron "de forma arbitraria" 32 millones de euros, el 39 % de las ayudas concedidas a empresas andaluzas por la Dirección General de Trabajo.

Piden remitir a la Fiscalía los autos sobre el Parlamento

Por otro lado, el letrado mayor del Parlamento andaluz, José Víboras, ha pedido a su presidente en un informe de urgencia poner en conocimiento de la Fiscalía del TSJA los autos de la juez Mercedes Alaya en los que pide investigar la actuación de la Cámara andaluza respeto a las partidas del caso de los ERE fraudulentos "en defensa de nuestra institución y de la legalidad vigente", porque subraya que "un juez no puede investigar el trabajo de un Parlamento".

Pese a esta recomendación, el presidente del Parlamento andaluz, Manuel Gracia, optó por enviar una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por que en los autos podría haber una "posible afectación al ejercicio de las funciones de los parlamentarios, el respeto al principio de separación de poderes y a la propia inviolabilidad del Parlamento".

En su informe, el responsable de los servicios jurídicos del Parlamento asegura que la juez, al pedir investigar el posible conocimiento de la Cámara andaluza de las partidas del caso de los ERE fraudulentos, "somete a investigación la actividad del Parlamento de Andalucía en la tramitación de un concreto procedimiento legislativo".

En el informe, al que ha tenido acceso Efe, añade que la titular del juzgado de Instrucción 6 de Sevilla "carece de propia jurisdicción para ordenar una investigación, de naturaleza jurídico-penal, sobre lo que pudo conocer, o dejar de conocer, una comisión parlamentaria en el ejercicio de sus funciones".

"Inviolabilidad del Parlamento"

El letrado mayor concluye que "el debate en el Parlamento queda al margen de la jurisdicción de los jueces y tribunales. Un juez no puede investigar el trabajo del Parlamento en el marco de un procedimiento penal ni siquiera para delimitar la responsabilidad de terceros".

Tras destacar la "inviolabilidad del Parlamento", el letrado mayor agrega que "sería disparatado que por parte del Poder Judicial y del Ejecutivo se ordenase cualquier género de investigación sobre la actividad del Legislativo", y critica que la actuación de Alaya "arroja inconscientemente una sombra de sospecha sobre las instituciones".

"En un momento de crisis política como el actual, incluso de representación, no puede aceptarse que jueces y tribunales que deben estar al servicio de la legalidad la pongan en cuestión", indica el letrado, quien considera que "investigar la actividad de una asamblea legislativa en el ejercicio de sus funciones constituye un claro atentado al propio Estado de Derecho".

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