El fondo social de viviendas en alquiler ha visto la luz esta tarde con la firma del convenio entre los ministerios de Economía, Sanidad y Fomento. Los beneficiarios, familias que han sufrido un desahucio y en situación de vulnerabilidad, deben cumplir las condiciones que se detallan a continuación:
Requisitos de acceso
- Familias numerosas, monoparentales con dos hijos al cargo; aquellas con un menor de tres años; con un miembro en situación de dependencia, incapacitado para trabajar o con una discapacidad que supere el 33%.
- Familias en las que el deudor hipotecario esté desempleado y haya agotado su prestación, o en las que haya víctimas de violencia de género.
Se puede acceder con cumplir uno de los supuestos
Requisitos económicos
- Los ingresos de la unidad familiar deben ser inferiores a tres veces el Indicador Público de Rentas (IPREM), es decir, unos 1.597 euros mensuales o19.164 euros anuales.
- La carga hipotecaria debe haber crecido 1,5 veces desde 2008.
- La cuota mensual de la hipoteca debe superar el 50% de sus ingresos.
Hay que reunir las tres condiciones.
Otras condiciones
- El desalojo de su única vivienda de las familias beneficiarias debe haberse producido después del 1 de enero de 2008.
- La cuantía del contrato de alquiler oscilará entre 150 y 400 euros mensuales, con un límite en el 30% de la renta neta de la familia.
- Los acuerdos tendrán una duración de dos años, prorrogables por otro más, que podrán ser cancelados antes si la entidad detecta que las familias salen del umbral de protección establecido.
- La selección estará en manos de una comisión en la que participarán tanto las administraciones públicas, incluyendo a las municipales, como organizaciones no gubernamentales.
- Los ayuntamientos y diputaciones tendrán un plazo de 15 días para elaborar un informe sobre los peticionarios, una vez que las entidades de crédito les remitan la información.