Todas las entidades financieras están obligadas a tener un servicio de atención al cliente. Este departamento debe ser independiente y gratuito y sus resoluciones son vinculantes, tal como nos explica el espacio de Radio 5 sobre educación financiera Las cuentas claras.
El plazo para presentar una reclamación es de dos años desde que se produce el incidente y, desde ese momento, la entidad tendrá dos meses para ofrecer una respuesta. Si no queda satisfecho con el dictamen, podrá acudir a los organismos reguladores.
Si reclamamos sobre préstamos o créditos, el organismo competente será el Banco de España; temas de acciones o fondos de inversión, a la CNMV y, por último, si el problema está relacionado con seguros o planes de pensiones, a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.