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El TSJ de Cataluña aplica el indulto a Laura Borràs y abre la puerta a suspender sus dos años de prisión

  • El Gobierno ya concedió el indulto parcial a la expresidenta del Parlament de Cataluña para librarla de la prisión

  • Fiscalía y defensa tienen diez días para pronunciarse

RTVE.es
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha aplicado el indulto concedido por el Gobierno el pasado mes de julio a Laura Borràs y abre la puerta a suspender sus dos años de prisión a los que fue condenada por prevaricación al adjudicar contratos a dedo a un amigo y fraccionarlos cuando presidía la Institución de las Letras Catalanas (ILC).

A partir de ahora, el TSJ convoca en los próximos diez días a las partes a una audiencia para decidir si se suspenden esos dos años de prisión, algo previsible al no tener antecedentes penales.

El Tribunal entiende que en Real Decreto aprobado en Consejo de ministros "resulta conmutada la pena privativa de libertad que le fue impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que la penada indultada no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del Real Decreto de concesión".

El Gobierno concedió el indulto parcial después de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmase en febrero de 2025 la condena a cuatro años y medio de prisión, 13 años de inhabilitación y multa de 36.000 euros por delitos de prevaricación administrativa, y falsedad en documento oficial y rechazase aplicarle la ley de amnistía como ella pedía al considerar que se trataban de delitos de corrupción sin relación con el 'procés'.

La medida, condicionada a no cometer delito en los próximos cinco años

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña recoge en su escrito que Borràs tiene conmutada la pena de prisión de cuatro años "como responsable de un delito continuado de falsedad" por otra pena de prisión de dos años. Y establece una condición para que esto se cumpla: "que la penada indultada no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años a contar desde el 29 de julio de 2026".

La exdiputada de Junts fue condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en un primer momento. En la sentencia, ya propuso su indulto parcial para que la pena de cárcel quedase en un máximo de dos años y evitar su ingreso en prisión al considerar que la sentencia era "excesiva".

Borràs insiste en que su caso es "lawfare"

Precisamente este viernes, Borràs ha intervenido en el 30 Coloquio Germano-Catalán, en Bremen (Alemania), con una conferencia bajo el título 'Lawfare y judicialización del conflicto catalán: una anomalía europea', en la que ha hablado sobre las condenas a los dirigentes independentistas del 1-O y sobre su propio caso.

En esa conferencia, la expresidenta del Parlament ha defendido que la causa contra ella también fue 'lawfare' pese a no tener que ver con el 1-O, sino con su gestión al frente de la ILC de una cuestión puramente "administrativa". Para Borràs, eso fue solo una "excusa" hallada tras una investigación "prospectiva".

La ahora directora académica de la fundación de Junts ha recalcado que "no era una ciudadana anónima" cuando fue juzgada, sino una líder independentista, y que, a pesar del indulto sobre la pena de cárcel, el hecho de estar inhabilitada tiene como efecto eliminarla de la "competición política".

Borràs también ha lamentado que la jueza instructora de la causa "no tenía competencias" para investigarla -al ser ella entonces aforada- y que en el proceso no se respetaron garantías como la imparcialidad de los magistrados, ha dicho.

"En el 'lawfare', la cuestión no es necesariamente lo que dice el expediente, ni en qué consiste el procedimiento. Hay que reflexionar sobre cómo una causa formalmente desconectada puede producir una consecuencia política", ha señalado.