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Archivada la denuncia contra Broncano y Lalachus por la estampita de las campanadas

  • El magistrado señala que la perpetración de un supuesto delito de ofensa de sentimientos religiosos no está justificada

  • Hazte Oír asegura que "ya trabaja en el escrito" para recurrir la decisión judicial

RTVE.es
3 min.

El juzgado de instrucción número 4 de Madrid ha archivado la denuncia de Hazte Oír contra los humoristas David Broncano y Lalachus, así como contra el presidente de RTVE por la estampita con inspiración religiosa mostrada durante la retransmisión de las campanadas de Nochevieja.

El magistrado ha considerado la imagen, que representaba al toro del programa "Grand Prix" con un corazón rodeado de rayos, como una expresión humorística protegida por la libertad de expresión.

La resolución judicial, fechada el pasado 4 de marzo, determina el sobreseimiento provisional de la causa. La denuncia no solo señalaba a los humoristas, sino también al presidente de Radiotelevisión Española, José Pablo López Sánchez.

Sin embargo, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid concluyó que no existen fundamentos suficientes para considerar que se haya cometido un delito de ofensa a los sentimientos religiosos. Si bien contra esta decisión cabe recurso de reforma y apelación.

Hazte Oír recurrirá la decisión judicial

Poco después de conocerse la decisión judicial, Hazte Oír ha anunciado que recurrirá ante la Audiencia Provincial el archivo del proceso penal. "El equipo jurídico de Hazte Oír ya trabaja en el escrito", han asegurado desde la asociación.

"Cada vez se hace más evidente que la defensa de los sentimientos de los cristianos merece una defensa férrea y más con la persecución que están sufriendo los cristianos en Siria", han sentenciado.

Lo ocurrido, dentro de "los límites de la libertad de expresión"

El auto destaca que "el gag en cuestión (sacar una estampa con un toro o vaca del programa de TV de la misma cadena Gran Prix, con un corazón cruzado de rayos), se encuentra dentro de los límites de la libertad de expresión, pues fue emitido en el marco de un programa de fin de año el 1 de enero de 2025, en un tono humorístico en el que los dos denunciados, Broncano y la llamada Lalachus, eran los comunicadores o presentadores".

Así han dado la bienvenida a 2025 Broncano y Lalachus

Además, el juez señala que "la intención de los mismos denunciados no puede afirmarse que sea el de herir o menoscabar" sentimientos religiosos, y para llegar a esa conclusión no es necesario que declaren como investigados.

La resolución también descarta que el contenido del gag pueda considerarse ofensivo en los términos exigidos por la ley. "La libertad de expresión ampara, no solo las informaciones o ideas que son favorablemente recibidas, sino también aquellas que chocan, inquietan u ofenden", recuerda el juez.

Asimismo, el auto indica que "en las sociedades democráticas, los grupos religiosos deben tolerar las críticas públicas y el debate sobre sus actividades, creencias o enseñanzas, siempre que tales críticas no supongan insultos intencionados y gratuitos o discurso del odio, que constituyan una incitación a la violencia y a la discriminación en contra de los miembros de una religión concreta".

En esa línea se ha pronunciado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que ha asegurado que la supresión de este delito "ya está en el Congreso", haciendo especial hincapié en que "nadie merece pasar por un proceso judicial por algo así".

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