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Un juez archiva la causa por siete muertes en varias residencias de Madrid durante la pandemia

  • El juez ha descartado la comisión de delito de homicidio o lesiones por parte de los centros

  • El magistrado ha cuestionado los protocolos sanitarios, cuyas consecuencias "no fueron valoradas bien"

RTVE.es / AGENCIAS
4 min.

El Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid ha archivado la causa en la que se investigaba si la muerte de siete ancianos en dos residencias de mayores de la región durante la pandemia de covid-19 fue un homicidio imprudente por parte de los centros. "No se aprecia que la conducta de los encargados de la residencia ni los médicos y enfermeras pueda ser constitutiva de infracción penal de clase alguna", recoge el auto.

Así, se ha decretado el sobreseimiento provisional de las denuncias presentadas contra las residencias Adolfo Suárez y Amavir Arganzuela, en el que señala que se cumplieron los protocolos vigentes en ese momento, que aconsejaban "no ingresar a personas afectadas con covid-19 y con patologías complejas y edad avanzada" en los hospitales al estar saturados, y donde la atención "era deficiente".

Sin embargo, el juez ha cuestionado los protocolos de no derivación a los hospitales, cuyas consecuencias "no fueron valoradas bien" por parte de las autoridades políticas. En este sentido, el magistrado ha excluido del objeto de la investigación a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y al exconsejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.

La decisión de la autoridad sanitaria, "discutible y reprobable"

Aunque el auto indica que la decisión de la autoridad sanitaria "pudiera ser discutible y reprobable", esta se basaba en que a este tipo de pacientes "el tratamiento más eficaz sería en la propia residencia", y aunque muchos de los centros de mayores "carecían de medios e incluso de médicos", no es el caso de las dos residencias investigadas "donde se contó con atención medica y asistencia, medicación e incluso oxigeno".

Por otro lado, afirma que los protocolos "no descartaban de manera absoluta el ingreso en los hospitales de los residentes", dependiendo del criterio de los geriatras de guardia o de referencia, y añade que algunos de los fallecimientos investigados inicialmente les fue recomendada la derivación al hospital y fueron los familiares los que al principio se negaron.

El juez ha descartado por tanto la comisión de delito de homicidio o lesiones por imprudencia por parte de los encargados de la residencia, ni de los médicos y enfermeras, al haberse deparado a los residentes "el tratamiento adecuado dadas las circunstancias", al no poder acreditar la relación de causalidad entre la conducta imputable y el resultado, y ve "inviable" que se haya cometido un delito de omisión del deber de socorro, de trato degradante, o de prevaricación.

Expone además que "no se aprecia que existan indicios de la comisión de un ilícito penal, sin perjuicio de los desacuerdos que se pueda tener con ellos en cuanto a la concreta gestión de la estancia de los fallecidos en la residencia y de otros incidentes".

Asimismo, el instructor hace hincapié en que "en el fondo de la querella no solo existe una denuncia por la actuación política que no se puede tratar en esta causa sino la incertidumbre de lo que podría haber sucedido si los residentes hubieran sido ingresados en un hospital", en alusión a los protocolos de derivación de pacientes a hospitales madrileños.

"No se incurrió en ningún tipo de negligencia"

En la resolución, el juez ha subrayado para sustentar el archivo que el médico forense concluye que "no se incurrió en ningún tipo de negligencia" y recalca que se atendió a los residentes de la mejor manera que se pudo, teniendo en cuenta las excepcionales y desgarradoras circunstancias que todos sufrimos en esos momentos y que no deben olvidarse.

"Los hospitales estaban saturados, desbordados más bien, no se sabía cómo curar la enfermedad, no se disponían de medios. Recuérdese que al inicio no había mascarillas, no había equipos de oxígeno de alto flujo, las bajas por contagio del personal sanitario y asistencial, también en las residencias que nos ocupa, eran elevadas. La incidencia en personas vulnerables con afectación de otras enfermedades o de la propia edad avanzada, fue mucho mayor", recoge el auto judicial.

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