Queda menos de un mes para que comience la campaña de la Renta de este año y muchos contribuyentes ya buscan las fechas clave para hacerla por internet, por teléfono o de forma presencial. ¿Qué documentos se necesitan? ¿Se puede saber cuál será aproximadamente el resultado antes de presentarla? Te explicamos los primeros pasos que necesitas saber.
¿Cuándo empieza la campaña y cuánto dura?
Este año, la campaña en periodo voluntario arranca el 3 de abril y dura hasta el 1 de julio de 2024, ambos incluidos. En ese rango, en función de cómo quiera hacerse la declaración, los plazos varían:
- Por internet: a partir del 3 de abril
- Por teléfono: desde el 7 de mayo
- De forma presencial en las oficinas: a partir del 3 de junio
Un paso previo: consultar los datos fiscales
A partir del 19 de marzo pueden consultarse los datos fiscales, que es el conjunto de información que consta en los registros de la Agencia Tributaria acerca del contribuyente, como su domicilio fiscal, el número de cuenta bancaria o el salario que percibe. Es importante consultar estos datos y comprobar que son correctos antes de presentar la declaración.
¿Cómo acceder a los datos fiscales? Puede hacerse en la página del organismo, accediendo con el DNI electrónico, certificado digital o el número de referencia que se encuentra en la casilla 505 de una declaración presentada anteriormente y que puede solicitarse desde el 12 de marzo. Además, los datos fiscales también pueden conseguirse por Cl@ve Móvil, una aplicación que sirve para identificar al usuario y terminar el proceso a través de un código en el smartphone.
¿Qué documentos hay que preparar?
Aunque hay muchos datos que la Agencia Tributaria ya tiene y que ya saldrán reflejados en nuestra declaración, no está de más preparar cierta documentación para comprobarlos y, si se cumple con ciertos requisitos, poder acceder a algunas deducciones. Estos documentos varían en función de cada contribuyente, pero hay algunos más relevantes:
- Escrituras y referencias catastrales de inmuebles que se tengan en propiedad, además, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Si se trabaja por cuenta ajena, las nóminas y certificados del pagador.
- En caso de ser autónomo, recibos que acrediten gastos e ingresos.
- Contratos y facturas de pisos, locales o plazas de garaje que se tengan en propiedad o en usufructo.
- Recibos de compra y venta de vivienda habitual con importes, gastos asociados y fechas especificadas.
- Justificantes que puedan acreditar que se tiene derecho a deducciones, como recibos del pago del alquiler o del seguro del hogar si se tiene hipoteca.
- Si se han hecho transacciones con criptomonedas o acciones, documentación que indique las fechas y los importes.
- Justificantes de premios y subvenciones.
- El número IBAN de la cuenta bancaria del titular.
¿Se puede pedir cita previa?
Si se quiere presentar la declaración por teléfono o de forma presencial, es necesario pedir cita previa y, como indica el organismo, hay que llamar a los siguientes números: 91 535 73 26 (901 12 12 24 en su versión de pago), o 91 553 00 71 (901 22 33 44, con coste). También se puede solicitar cita previa por internet, para lo que es necesario tener DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve o el número de referencia.
En el caso de querer hacer la declaración por internet, no es necesario solicitar esta cita y puede gestionarse desde el primer día de la campaña.
¿A partir de cuándo se puede solicitar?
Los plazos varían en función de cómo quiera presentarse:
- Para hacerla por teléfono, la cita previa puede pedirse a partir de 29 de abril.
- Si se quiere hacer de forma presencial, a partir del 29 de mayo.
- En ambos casos, la fecha límite para solicitar esta cita es el 28 de junio.
¿Puedo saber cómo será mi declaración antes de presentarla?
¿Cuál será resultado de la declaración? ¿Saldrá a ingresar o a devolver? Para saberlo con cierta antelación, la Agencia Tributaria tiene en su web un simulador gratuito que permite conocer el resultado antes de presentarla al organismo.
Como recuerda la Agencia Tributaria, este simulador no tiene validez práctica, es decir, al usarlo no se está presentando la declaración. Se trata de una herramienta ideada para conocer el resultado con antelación y, por lo tanto, es necesario hacer la declaración posteriormente para que la gestión quede resuelta a efectos de organismo público. Además, lo que se refleje en el simulador será más o menos real en función de que los datos introducidos por la persona interesada sean reales o no, de modo que es importante disponer de la documentación mencionada mientras se va rellenando.
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