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La Audiencia Nacional confirma la multa de 28 millones de euros a ocho empresas lácteas por formar un cártel

  • Las compañías intercambiaron información con el fin de "controlar el mercado de aprovisionamiento de leche de vaca"

  • El Tribunal ordena a la CNMC recalcular algunas multas porque considera algunos delitos prescritos

RTVE.es/AGENCIAS
2 min.

La Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha dictaminado que ocho empresas lácteas y dos asociaciones formaron un cártel e intercambiaron información comercial sensible para coordinar la compra de leche. Así, confirma la resolución previa de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC).

El Tribunal confirma las multas de 8,5 millones de euros impuestas a Calidad Pascual; de 53.310 euros a Central Lechera Galicia; de 11,6 millones a Grupo Lactalis Iberia; de 6,8 millones a Nestlé y de 929.644 euros a Schreiber Food España. Así se especifica en los diferentes fallos de la Audiencia Nacional. 

Según la Sala, estas empresas —que compiten entre sí en el sector lácteo— intercambiaron información sobre precios y otras condiciones comerciales, como excedentes de leche, a través de las dos asociaciones investigadas. Asimismo, se consideran acreditados los contactos sobre ganaderos con el fin de acordar estrategias.

De esta forma, las empresas redujeron "la competencia y el poder de negociación de los ganaderos". El objetivo era "controlar el mercado de aprovisionamiento de leche cruda de vaca", a juicio de la Audiencia Nacional, que añade que se trata de una "infracción única y continuada, al margen de que no todas las empresas hayan participado en todas las conductas".

La CNMC tendrá que recalcular algunas multas

Las empresas consideraban las multas arbitrarias y así lo recurrieron al Tribunal. Al contrario, la Audiencia Nacional ha considerado que "están motivadas y no resultan desproporcionadas", porque están por debajo de la media del tipo sancionador máximo, con un porcentaje que se ajusta a las circunstancias particulares de los intervinientes. 

No obstante, el Tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por Comercial Alimentaria Peñasanta, Danone, Puleva y la Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (Aelga) tras "entender que algunos de los periodos investigados están prescritos".

Así, la Sala ha pedido a la CNMC que recalcule estas multas teniendo en cuenta los periodos que se consideran prescritos para cada una de ellas. En el caso de Aelga, el Tribunal confirma que participó en el cártel, pero ha anulado la multa de 60.000 euros "por falta de motivación". 

A Comercial Alimentaria Peñasanta se le había impuesto una multa de 21,8 millones de euros; a Danone, 20,2 millones de euros; y Industrias Lácteas Granada (Puleva) había sido sancionada con 10,2 millones de euros.

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