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El exjuez Salvador Alba ingresa en la cárcel de Las Palmas I para cumplir su condena por perjudicar a Victoria Rosell

  • El juez había emitido una orden de busca y captura tras finalizar el plazo para su ingreso voluntario

  • Finalmente Alba se ha presentado en la histórica prisión del Salto del Negro para cumplir su condena de seis años y medio

RTVE.es
4 min.

El exjuez Salvador Alba ha ingresado este martes por la mañana en el centro penitenciario de Las Palmas I, la histórica prisión del Salto del Negro, para comenzar a cumplir su condena de seis años y medio de cárcel por perjudicara a la jueza y exdiputada de Podemos Victoria Rosell.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias había emitido a primera hora de este martes una orden de busca y captura contra él, tras haber vencido el plazo de 24 horas para que se presentara en prisión de forma voluntaria que le había dado el 13 de octubre a las 17.35 horas (hora en que se lo notificó la Policía en su casa).

Según RNE, Alba no ha llegado a la prisión detenido, sino que se ha presentado él mismo a tramitar el ingreso.

Desde noviembre de 2021, Salvador Alba tiene pendiente de cumplir una sentencia firme que lo declaró autor de delitos de cohecho, prevaricación y falsedad, por manipular una instrucción penal para perjudicar a la juez Victoria Rosell, cuando esta era diputada de Podemos en el Congreso.

El juez rechaza sus alegaciones contra la entrada en prisión

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha rechazado la batería de alegaciones y una nueva recusación para tratar de frenar su entrada en la cárcel: el viernes alegó defectos en la tramitación de una recusación contra otra magistrada (recusación que, en realidad, ni se admitió a trámite por haber sido presentada fuera de plazo) y cuestiones como su petición de indulto y su solicitud de obtener al menos un aplazamiento por razones de salud; y el domingo intentó apartar de la ejecución de su condena al presidente del TSJC, José Luis Lorenzo Bragado, por supuestos contactos con Victoria Rosell.

En tres autos que llevan la fecha de este lunes, día 17, pero que han sido notificados a las partes este martes, la Sala de lo Penal del TSJC rechaza de plano todos esos intentos de última hora del letrado Nicolás González-Cuellar de abortar la posibilidad de que se dictara una orden de búsqueda y captura contra su cliente.

De la nueva recusación del presidente del TSJC, dice la Sala que es "extemporánea" (presentada fuera de plazo), "claramente temeraria" y que incurre en un "manifiesto abuso de derecho".

En esa recusación, la defensa de Alba acusaba a Lorenzo Bragado de haber demostrado "una prisa inusitada" por ejecutar la condena que pesa sobre el exmagistrado (y que es firme desde hace casi un año, desde noviembre de 2021), pero en realidad su argumentación se sustentaba en unos tuits publicados este verano por Victoria Rosell.

El TSJC subraya que Rosell "ni siquiera menciona" a Lorenzo Bragado en esos mensajes, que aludían, además, a cuestiones en las que el presidente del tribunal no iba a poder intervenir. Y tampoco acepta las horas que Alba tomó del sistema informático de los tribunales para intentar hacer ver que el TSJC había decidido reactivar su entrada en prisión cuando Lorenzo Bragado todavía estaba recusado por su primer intento de apartarlo del caso.

En cuando a las alegaciones del viernes, la Sala recuerda que se formularon en una petición de aclaración, donde solo cabe corregir errores materiales evidentes, no introducir nuevos argumentos en el asunto en litigio. Y para la Sala, "ninguna" de las últimas alegaciones de Alba "tiene que ver, lo más mínimo, con el auto cuya aclaración se solicita".

"No se puede pretender que se aclare un auto por cuestiones totalmente ajenas a las que han sido las pretensiones en su momento deducidas y que dan origen al mismo. Si otro recurso de súplica interpuesto en esta causa ha sido o no resuelto, que lo ha sido, si se ha notificado o no de forma procesalmente correcta o si se va a promover incidente de nulidad ante otro tribunal, son cuestiones que, por ajenas al caso, no son merecedoras de aclaración", resuelve la Sala.

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