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Los patinetes eléctricos comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deberán tener un certificado de circulación

  • No obstante, se ha establecido un régimen transitorio y los vehículos tendrán hasta 2027 para adaptarse

  • La norma afecta a todos los vehículos de movilidad personal (VPM), de los que están excluidos los de movilidad reducida

RTVE.es / AGENCIAS
4 min.

Los vehículos de movilidad personal (VMP) que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024, entre los que se encuentran los patinetes, deberán contar con un certificado para circular, según la resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) por la que se aprueba el Manual de características técnicas, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

No obstante, se ha establecido un régimen transitorio y los vehículos vendidos hasta dicha fecha podrán circular hasta también el 22 de enero del año 2027, aunque no dispongan de certificado.

Algunos de los elementos que se regulan en el manual son los sistemas de frenado, catadióptricos, avisador acústico, las ruedas, el portaidentificador o el sistema de estabilización en aparcamiento, para no encontrar patinetes tirados en las aceras. Asimismo, se pretende que los vehículos que salgan al mercado posean unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles.

El objetivo es garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano

Según el subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, Jorge Ordás, "el objetivo es principalmente garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía".

¿Qué es un VPM?

De acuerdo con la DGT, se denomina Vehículo de Movilidad Personal (VMP) a un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h y que solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.

Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, a los juguetes, a las EPAC y aquellos vehículos tipificados como "L" según el Reglamento 168/2013 de la UE. Los VMP, al ser autopropulsados exclusivamente por motor eléctrico, les corresponde la clasificación ambiental CERO emisiones y están exentos de llevarlo visible.

Según diversas estimaciones, hay más 1 millón de VMP circulando cada día por las ciudades. En 2020 fallecieron 8 usuarios de vehículos de movilidad personal, 97 resultaron heridos hospitalizados y 1.097 fueron heridos no hospitalizados. Su circulación está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías y por túneles urbanos.

¿Qué características deberán cumplir?

Entre las novedades más importantes, destaca que no solo se recogen los requisitos técnicos que deben cumplir los VMP dedicados al transporte personal, sino también de los VMP para transporte de mercancías y otros servicios, cuyas masas y dimensiones también se detallan en la Resolución.

Los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma. En general, los vehículos de movilidad personal deberán estar equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo).

La velocidad máxima a la que podrán circular es de 25 km/h. Además, dispondrá de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. Deberán también tener un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que van y el nivel de batería.

El gallo que no cesa - Patinetes eléctricos: vehículos, no juguetes - Escuchar ahora

Los vehículos destinados al transporte personal tendrán dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2, y los vehículos de más de dos ruedas deberán contar con un freno de estacionamiento. Por otra parte, se prohíbe el neumático liso y se establece en 203,2 mm el diámetro mínimo de las ruedas.

El sistema de seguridad será doble, de manera que queden bien acoplados mientras se llevan recogidoa y para evitar aperturas involuntarias. Todos tendrán un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.

Además de todas estas características técnicas, en el manual (integridad estructural y compatibilidad electromagnéticas, resistencia a la humedad, protección de batería ante temperaturas elevadas, superficie antideslizantes…)

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