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Nueva factura de la luz: ¿mis vecinos pueden quejarse si pongo la lavadora por la noche?, ¿me pueden multar?

  • Barcelona, Valencia o Zaragoza fijan de madrugada límites de ruido inferiores incluso a los del centrifugado de la lavadora

  • Los expertos consultados advierten de que el uso de los electrodomésticos por la noche conlleva multas de hasta 3.000 euros

DIANA FRESNEDA
6 min.

Poner la lavadora por la noche se ha convertido en una alternativa para muchos consumidores a raíz de la entrada en vigor de la nueva factura de la luz, que distingue tres tramos horarios en función de su coste, siendo de 00:00 a 08:00 horas el más barato. Sin embargo, los ruidos ocasionados por esta medida son incompatibles con el ahorro en la mayoría de grandes ciudades españolas, que fijan límites acústicos inferiores en esta franja horaria incluso a los del centrifugado de la lavadora.

Barcelona, Valencia o Zaragoza cuentan con ordenanzas municipales que prohíben el funcionamiento de electrodomésticos de mayor consumo en la denominada 'hora valle' de la nueva tarifa de la luz debido al ruido que provocan. Su incumplimiento puede dar lugar a multas económicas, como demuestran algunas sentencias que han sancionado el uso de lavavajillas o lavadoras por la noche si no hay un aislamiento correcto de la vivienda.

De hecho, cuando se cumple una semana de la puesta en marcha de la nueva factura de la luz, el funcionamiento de estos aparatos durante la noche ya ha ocasionado algunas discrepancias entre vecinos, tal como se han hecho eco las redes sociales.

Entonces, ¿mis vecinos pueden quejarse si pongo la lavadora por la noche?

Sí. Los niveles de ruidos máximos en las comunidades de propietarios están regulados, entre otros, en la Ley de Ordenación de la Edificación, la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley del Ruido, así como otros decretos autonómicos u ordenanzas municipales de Protección del Medio Ambiente Urbano.

Además, tal como explica el abogado de la Asociación Nacional de Juristas contra el Ruido, José Antonio Ballesteros, hay una previsión en el Código Civil sobre las normas de buena convivencia que también prohíbe las emisiones indebidas en las viviendas de los vecinos. “Con toda esta normativa se prohíbe cualquier tipo de emisión que perjudique el normal disfrute de la vivienda”, señala Ballesteros en los micrófonos de RNE.

¿Cómo está regulado en las comunidades de vecinos?

La Ley de la Propiedad Horizontal establece en su artículo 7 que el presidente, a iniciativa propia o de los propietarios o inquilinos afectados requerirá a quien realice las actividades prohibidas su inmediata cesación. No obstante, siempre es recomendable intentarlo por la vía amistosa en un primer momento. “Si el primer contacto personal es inútil, no habrá más remedio que gestionarlo a través de la comunidad de propietarios si hay una disposición a ello o con reclamaciones particulares”, subraya el abogado.

El presidente del Consejo de Administradores de Fincas, Salvador Díez Lloris, apunta además que en casos extremos "la comunidad puede instar un procedimiento civil previa convocatoria de una junta y de acuerdo entre los vecinos".

Las mañanas de RNE con Íñigo Alfonso - El conflicto entre el ahorro en la factura de la luz y las ordenanzas contra el ruido - Escuchar ahora

¿Y en la legislación municipal?

Las recomendaciones del Gobierno de España chocan frontalmente con las ordenanzas municipales de algunas ciudades españolas como Barcelona, Valencia, Zaragoza, Cuenca o Castellón. En Barcelona está prohibido usar electrodomésticos ruidosos a partir de las 21:00 horas y en Zaragoza o Cuenca, desde las 22:00 horas.

“Queda prohibida la realización de trabajos, reparaciones y otras actividades domésticas susceptibles de producir molestias por ruidos y vibraciones en horario nocturno de domingo a jueves, de 22:00 a 08:00 horas y en viernes, sábado y vísperas de festivos de 22:00 a 09:30 horas del día siguiente salvo las estrictamente necesarias por razones de urgencia”, señala la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica de Valencia.

¿Es diferente si estoy de alquiler?

No tiene transcendencia. Tal como explica Díez Lloris, en la vía administrativa no importa si la infracción la realiza el propietario o el inquilino: hay que atender a la persona que realiza el acto. En la vía civil, por su parte, se va a acordar requerir al propietario. "Pero da igual quien la ocupe, el procedimiento es el mismo", recalca.

¿A cuántos decibelios me pueden llamar la atención?

Aunque hay cierta variabilidad en función del municipio, en términos generales el límite para el horario diurno es de 45 decibelios y durante la noche el tope está entre los 30 y los 35 decibelios.

¿Y cuánto ruido hace una lavadora?

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señala que el nivel de ruido durante el ciclo de lavado se sitúa entre 46 decibelios (dBA), en el mejor de los casos, y 57 dBA, en el peor. En cuanto al centrifugado, este puede oscilar entre 58-70,5 dBA, unas cifras que superan los límites marcados por los municipios.

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Pero, ¿cómo se comprueba si el nivel de ruido es abusivo?

Las nuevas etiquetas de eficiencia energética de los electrodomésticos recogen el ruido de cada aparato. No obstante, será preciso que sea medido a través de un aparato especializado para ello.

Según Ballesteros, lo más sencillo y práctico es que hubiese una medición por parte del Ayuntamientoo de la Policía local, pero los consistorios pequeños no tienen los aparatos ni policías preparados para este fin. “En algunos casos tienen acuerdos con la comunidad autónoma, con la diputación o con contratas privadas o empresas que se dedican a ello. Y, en otro caso, no quedaría más remedio que llamar a un técnico particular, a un ingeniero especializado en temas acústicos para que haga la medición”, recalca el experto.

El presidente del Consejo de Administradores de Fincas recuerda que la presencia de la policía tiene un coste y, si no se incumpliera la norma, el propietario sería el que tendría que hacerse cargo de la tasa correspondiente.

¿Qué multa me podrían poner?

El experto asegura que las sanciones normalmente no están previstas, ni en el Código Civil ni en los estatutos de las comunidades de vecinos. Sin embargo, en las ordenanzas municipales sí pueden contemplarse.

En el primer caso, lo más habitual es que se prohíba la utilización de esos electrodomésticos. En el caso del segundo, el importe de las multas dependerá de la normativa en cuestión, pero oscilará entre los 750 y 3.000 euros.

¿Y si me denuncian los vecinos?

Según explican desde la OCU, si la sentencia es estimatoria, además del cese inmediato de la actividad, podría exigirse una indemnización y la privación del derecho al uso de la vivienda o local por un periodo de hasta tres años y el fin del contrato si es inquilino. “En la demanda conviene incluir a todos los residentes en la vivienda, ya que cuando hay indemnización se concede por cada afectado”, apunta la organización.

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