La Comunidad de Madrid deja de aplicar restricciones de movilidad en zonas básicas de salud a partir de las 0:00 horas del lunes 24 de mayo, momento en el que quedan reabiertas las 11 zonas que estaban cerradas perimentralmente. En estas zonas vive 270.000 ciudadanos, el 4 % de la población de la región.
El Gobierno autonómico ha tomado esta decisión después de que ninguna zona supere los 300 casos por 100.000 habitantes en las últimas dos semanas y registren transmisión comunitaria y una tendencia creciente, según ha informado la Directora General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, Elena Andradas.
Las últimas zonas se cerraron porque superaban una tasa de 400 casos después de bajar el umbral de incidencia a 500 casos. La Comunidad ha ido cambiando el criterio para confinar las zonas básicas de salud. En lo peor de la tercera ola llegó a elevarlo hasta los mil casos.
Zonas cerradas hasta el 24 de mayo
- En Madrid capital, las zonas básicas de salud de General Fanjul (La Latina), Castelló (distrito de Salamanca), Chopera (Arganzuela), Barajas (Barajas) y la de Daroca (Ciudad Lineal).
- Zona básica de Leganés norte, en el municipio de Leganés.
- En San Sebastián de los Reyes, la zona básica de Reyes Católicos.
- En Getafe, la zona básica de salud de Ciudades y de Las Margaritas
- En Móstoles, la zona básica de La Princesa
- En Majadahonda, la zona básica de salud de Majadahonda
Flexibilización de medidas en la Comunidad de Madrid
Tras el fin del estado de alarma, el domingo 9 de mayo, la Comunidad de Madrid eliminó la prohibición de reunirse en domicilios particulares y el toque de queda. También amplió el horario de cierre de bares y restaurantes desde las once a las doce de la noche, pero se mantuvo la limitación de comensales en mesa.
A partir del 31 de mayo, la Comunidad de Madrid flexibiliza dichas restricciones, según ha anunciado la presidenta del Ejecutivo madrileño, Isabel Díaz Ayuso. El horario de la hostelería, se prorroga hasta la 01:00 y la ocupación de mesas aumenta (de 4 a 6 en interiores y de 8 a 10 en exterior). En los comercios se eliminan las restricciones de horario y en los centros deportivos pasa a ser a medianoche.
Limitaciones en las zonas restringidas
Hasta el levantamiento de las restricciones, las medidas que afectaban a las zonas básicas restringidas por la Comunidad de Madrid, fueron la prohibición de la entrada y salida salvo para "aquellos desplazamientos adecuadamente justificados". Se podía asistir a centros sanitarios, al trabajo o a centros educativos, para el retorno al lugar de residencia habitual o la asistencia y cuidado a mayores, menores o dependientes, entre otros. En las zonas con restricciones se permitía la movilidad entre ellas para hacer ejercicio físico con prescripción médica.
La circulación por carretera que transcurriese o atravesara estas zonas estaba permitida en el caso que tenga origen y destino fuera del mismo. Se permitía, también, la circulación de personas residentes dentro de estos ámbitos territoriales "siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva".
En las zonas básicas con restricciones, la asistencia a lugares de culto no podría superar un tercio de su aforo y los velatorios se limitaban a un máximo de 15 personas en espacios al aire o 10 en espacios cerrados, "sean o no sean convivientes".
La actividad que se realiza en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50 % y podrá realizarse deporte en instalaciones interiores, al 50 % del aforo, y en exteriores, del 60 %.