La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha devuelto al líder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, la condición de 'perjudicado' en la causa por el 'caso Dina' tras estimar los recursos de apelación de Iglesias y de su exasesora Dina Boulsselham contra el auto del juez de instrucción Manuel García Castellón.
La Sala de lo Penal respalda los argumentos de Iglesias y considera que se mantienen las condiciones por las que inicialmente fue considerado perjudicado en esta causa, relativa al supuesto robo del teléfono de su exasesora Dina Boulselham y enmarcada dentro del caso Villarejo.
Los magistrados recuerdan que en el registro de la vivienda de Villarejo se halló un dispositivo informático con documentos procedentes del móvil de Bouselham, que posteriormente fueron publicados por Ok Diario, y recalcan que si en su momento Iglesias fue admitido como perjudicado en la causa fue porque se consideró verosímil que el origen de la publicación de esas informaciones estuviera en la organización que dirigía Villarejo.
Considera la Sala de lo Penal también que, cuando el juez García Castellón retiró la condición de perjudicado al vicepresidente del Gobierno el pasado mes de mayo, no había pruebas para sustentar que los hechos se produjeran conforme a alguna de las hipótesis alternativas planteadas por el magistrado, al que advierte de que no le compete investigar cuestiones ajenas a la causa, como por ejemplo si fue o no Iglesias quien dañó la tarjeta.
Desmonta los argumentos de Castellón
El juez García Castellón consideró en mayo que la condición de perjudicado de Iglesias era "insostenible" dado que la investigación no había concretado "en qué medida resulta ofendido o perjudicado", habida cuenta además de las "contradicciones" entre su declaración y la de Bousselham.
Según su tesis, podrían existir "otras fuentes de publicación" del contenido de la tarjeta, incluidos los propios Iglesias y Bouselham, dado que ésta admitió que pudo enviar capturas de pantalla a varias personas, y que el líder de Podemos declaró que, tras entregarle la tarjeta el presidente del grupo Zeta, la tuvo en su poder "durante varios meses", ocultándosela a su exasesora, a quien se la "devolvió dañada".
Pero a juicio de la Sala de lo Penal, a día de hoy "no hay pruebas que sustenten" estas alternativas, que califica de "meras hipótesis que no desvirtúan" la conexión de Iglesias con el objeto del proceso, en virtud de la cual se le reconoció como perjudicado.
E insiste en que hay "indicios compatibles" con la atribución a esa supuesta organización liderada por Villarejo de la "obtención ilícita y/o publicación de los datos del teléfono" de Bousselham, lo que, a su vez, "resulta compatible, a expensas de lo que resulte en su día acreditado, con el eventual perjuicio" de Iglesias.
Subraya además la "improcedencia" de la investigación de algunas de esas alternativas planteadas por García Castellón, como quién dañó la tarjeta de Bousselham y cuándo se produjo.
Hechos que, en todo caso, habrían tenido lugar fuera de la supuesta organización criminal investigada y por personas ajenas a ésta, por lo que no es competencia de la Audiencia Nacional y deberían ser investigas en otro órgano judicial, según la Sala.
Y como el magistrado García Castellón no es quien debe investigar estos hechos en este procedimiento, subrayan los magistrados, "no se da el peligro" al que aludía el instructor "de que dicha investigación pudiera resultar frustrada" si Iglesias seguía personado como perjudicado.
Por tanto, la Sala estima los recursos de Iglesias y Bousselham al considerar que los elementos que permitieron al vicepresidente segundo personarse como perjudicado se mantienen en la actualidad.