A pesar de que el Gobierno ha descartadolas comunidades autónomas han aprobado por su cuenta decretos para que toda la población mayor de seis años -12 en el caso de Navarra- las use aun cuando haya distancia de seguridad.
La primera en decretar esta medida fue la Generalitat de Cataluña, después del confinamiento de la comarca del Segrià para evitar la extensión de más de una quincena de brotes de COVID-19. Así, desde el 9 de julio, todos los ciudadanos en esa comunidad tienen que cumplir con la normativa. Poco después le siguieron Baleares, Extremadura y Aragón, cuyas normas ya se encuentran en vigor. Conforme avanzó el verano cada vez más regiones se unieron. La última comunidad en hacerlo ha sido Canarias, cuyo presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, anunció el 13 de agosto el uso obligatorio de la mascarilla en todos los espacios, diez días después de actualizar las medidas implantadas para la nueva normalidad en el archipiélago.
En el caso de Galicia y el País Vasco, inicialmente no se creó regulación para todos los ciudadanos, pero finalmente se ha extendido a toda la población. En la comunidad gallega, fue primero para la comarca de A Mariña (Lugo), después de declararse un brote que aún mantiene al municipio de Burela en confinamiento, mientras que en la vasca, comenzó su uso obligatorio en Ordizia (Gipuzkoa), al detectarse un foco, pero poco después, la Consejería de Salud aprobó la disposición para toda la comunidad.
Al igual que ocurrió tras la publicación de los distintos decretos de nueva normalidad -uno por cada territorio-, cada región cuenta con algunas particularidades a la hora de obligar a la población en el empleo de este material sanitario.
Cómo regulan las comunidades con normativa ámbitos específicos
- Bebidas y comidas en bares y restaurantes
En Aragón, Extremadura y Ceuta, por ejemplo, la norma no especifica nada en este asunto, aunque ambas apelan a las excepciones publicadas en normas anteriores y añaden como salvedades como aquellas actividades en las que, por su naturaleza, "el uso de la mascarilla resulte incompatible". Sí las remarcan explícitamente el resto de comunidades -Baleares, Murcia, La Rioja, etc.-, aludiendo a que su uso no es obligatorio "en situaciones de consumo de alimentos y bebidas".
- Deporte y actividades físicas
En La Rioja, Galicia y Cataluña este tipo de pasatiempos están exentos del uso de la mascarilla. En otras, como Aragón, Extremadura, Andalucía, Asturias y Ceuta, se recalca que están libres del empleo únicamente cuando se practica deporte de forma individual al aire libre; en el caso de Cantabria, además, también estarán exentas las personas mayores de 65 años que vayan en grupos de no más de tres personas.
En Baleares, tampoco tendrán que hacer uso de ella los menores de 16 años que participen en actividades de ocio infantil y juvenil, y aquellas personas que acudan a "espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de los núcleos de población". En Navarra también incluyen alternativas en actividades "como senderismo, escalda, montañismo, ciclismo y similares", siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad.
En el País Vasco, su consejera de Salud anunció que la mascarilla también estaría limitada al aire libre e individual, aunque esta resolución no aparece en la norma. Puso como ejemplo el de un usuario en bicicleta en un núcleo urbano, en cuyo caso era conveniente hacer uso de la mascarilla porque continuamente se cruzaría con gente, no ocurriendo lo mismo en un escenario natural alejado.
- Playas y piscinas
En Aragón no viene regulación al respecto; tampoco en el País Vasco o Canarias, aunque en sus decretos de nueva normalidad apelaban a mantener la distancia de seguridad en estos lugares. En el caso de Cantabria, incluyen como excepción las "actividades acuáticas", pero precisan que la entrada a las playas deba hacerse con mascarilla. En Murcia, por su parte, su empleo es recomendable, aunque no obligatorio.
En Baleares, las personas están exentas de usar mascarilla "en las playas y paseos marítimos, y en las piscinas siempre y cuando la afluencia de personas a dichos espacios permita el mantenimiento de la distancia interpersonal". En la misma línea actúan en La Rioja, Galicia, Cataluña o Navarra, especificando la salvedad "en el momento del baño en piscinas y otros lugares habilitados para el baño". En Andalucía, País Vasco y Castilla-La Mancha recuerdan, además, que en los desplazamientos hacia las playas o piscinas sí es obligatorio su empleo. En Euskadi, si se acude en grupo, solo podrán ir diez personas y respetando la distancia interpersonal.
En la Comunidad Valenciana, la consellera de Sanidad, Ana Barceló, ha asegurado que la mascarilla no será necesaria en playas y piscinas una vez dentro, salvo lugares comunes como baños o terrazas cuando no se esté consumiendo.
- Excepciones por motivos de salud
Todas las normativas contienen salvedades al respecto "para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria". También para aquellas que por su situación de discapacidad o dependencia no tengan autonomía para quitárselas, o que directamente no puedan emplearla adecuadamente. Además, son muchas las que precisan cómo deben ser las mascarillas y explican su adecuado uso, recalcando, por ejemplo, que "la utilización de pantallas faciales no exime de la utilización de mascarilla", como ocurre en Castilla-La Mancha.
Además, la mayoría incluyen artículos para el uso recomendable de las máscaras en espacios privados, tales como domicilios, aun cuando pueda respetarse la distancia de seguridad. La mayoría de los brotes detectados en España son de ámbito familiar, y Sanidad ya ha advertido del peligro que supone extender estos focos al ámbito laboral, los llamados 'brotes mixtos'.