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Un juez anula la decisión del Ayuntamiento de suspender las multas en Madrid Central

  • El Ayuntamiento de Madrid debe proteger la salud de las personas y el medio ambiente

  • Estima el recurso de Ecologistas en Acción contra la decisión de cambiar las multas por avisos

RTVE.es
2 min.

Un juez de Madrid ha anulado definitivamente la decisión del Ayuntamiento de Madrid de suspender las multas en Madrid Central, casi un año después de su aprobación, y ha reiterado que su propósito es proteger la vida y la salud de las personas y el medio ambiente.

El magistrado Jesús Torres del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid ha declarado que la decisión del consistorio de establecer una moratoria de las multas en la Zona de Bajas Emisiones de la capital (Madrid Central) el 27 de junio de 2019 es "disconforme a derecho" y procede su anulación.

Se trata del mismo juez que paralizó cautelarmente a comienzos de julio del pasado año la moratoria de multas impulsada por el alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida (PP), en lo que supuso la primera batalla política contra la medida más emblemática de la anterior alcaldesa, Manuela Carmena.

Recurso de Ecologistas en Acción

El magistrado que reactivó Madrid Central apenas cinco días después de que el Ayuntamiento lo dejara en suspenso estima ahora el recurso de Ecologistas en Acción de Madrid.

La resolución aclara que "la existencia de deficiencias en el sistema de multas debe ceder ante la protección a la salud y al medio ambiente" y añade que el acuerdo municipal "no ofrece ninguna alternativa" ni tampoco justifica que Madrid Central "haya sido ineficaz o haya producido un daño mayor del que trataba de evitar".

"La protección de la salud y el medio ambiente son principios que deben regir los poderes públicos. Y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales", subraya la sentencia.

Solo avisos

El juez reprocha al Ayuntamiento su renuncia a la potestad sancionadora "al sustituir las multas por meros avisos", cuando el fin es "la protección de la vida, la salud y la integridad física de las personas, la protección del medio ambiente y la ordenación de la movilidad para la protección de la seguridad de las personas y la seguridad vial’.

El consistorio madrileño puede recurrir la sentencia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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