Las defensas del expresidente de la ANC Jordi Sànchez, y los exconsejeros catalanes Jordi Turull y Josep Rull, que están siendo juzgados en el juicio del procés, han pedido la absolución de todos ellos al considerar que "no existe" delito y aseguran que una condena vulneraría sus derechos, por lo que lo denunciarían "ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y/o el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas".
Jordi Pina, el abogado de Sànchez, Rull y Turrul, alega en su escrito de conclusiones falta de "imparcialidad" por parte del Tribunal Supremo, tanto en la fase de instrucción como en la de enjuiciamiento.
En el documento, Pina recrimina al presidente del tribunal, Manuel Marchena, que en la jornada en la que declaró Josep Lluis Trapero, este le preguntase al exjefe de los Mossos sobre la reunión del 28 de septiembre con Carles Puigdemont tras no poder hacerlo la Fiscalía.
"Formuló la misma pregunta que al inicio de la sesión se había vedado a la Fiscalía que pretendía formularla con finalidad incriminatoria", algo "incoherente" para Pina, que asegura que ello fue una "prueba evidente de que el Tribunal asumió con dicha pregunta un rol inquisitivo".
El catalán y el visionado de vídeos
A lo largo de las decenas de folios de su escrito, Pina argumenta que los delitos que se atribuyen a sus clientes, de rebelión, sedición o malversación -entre otros-, no existieron y asegura que el 20 de septiembre ante la consejería de Economía "toda la pretendida violencia se redujo a unos daños ocasionados en dos vehículos aparcados en la calle".
"Es decir (añade Pina), ni siquiera se produjeron actos de fuerza física o intimidación sobre personas. Con los debidos respetos, supone un auténtico desvarío valorativo –sólo explicable en términos de persecución política- pretender equiparar estos hechos con la ocupación de ciudades con carros de combate o la irrupción en una sede parlamentaria con armas de fuego".
Asimismo, critica que se haya negado el sistema de traducción simultánea durante el juicio, que sus clienten hayan tenido que prepararlo "en una situación de privación de libertad", y que el visionado de los vídeos fuesen al final, y no confrontándolos con las declaraciones de los testigos. "No es lo mismo oponer un vídeo a un testigo cuando este último está declarando que hacerlo semanas o meses más tarde", argumenta.
Asegura además que algunos testigos han "mentido a la Sala o exagerado ostensiblemente" y que los de las defensas "eran inmediatamente cortados por la presidencia a la mínima que realizaban cualquier apreciación valorativa mientras a algunos testigos de la acusación se les permitió sin problemas consultar las notas que llevaban en el momento de prestar declaración".