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El TC reivindica "los límites constitucionales" a la "acción política" de la Generalitat y el Parlament

  • Así lo recoge la Memoria del Constitucional correspondiente a 2015

  • El presidente del TC, Pérez de los Cobos, ha entregado un ejemplar al rey

  • Cataluña centró el 50% de los conflictos territoriales ante el TC en 2015

RTVE.es / AGENCIAS
3 min.

El Tribunal Constitucional reivindica en su Memoria del año 2015 que en las sentencias que ha dictado durante ese año respecto al soberanismo catalán ha impuesto límites constitucionales a la "acción política" de la Generalitat y al Parlament catalanes.

"El Tribunal ha reiterado los límites constitucionales de la acción política, recordando que éstos no son inmodificables, pero que su revisión requiere seguir los cauces de reforma establecidos en el propio texto constitucional", señala la memoria de la que el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha entregado un ejemplar al rey Felipe VI en el Palacio de la Zarzuela este viernes.

La memoria destaca cuatro sentencias en el pasado año: las impugnaciones presentadas contra la reforma de la ley de consultas populares de Cataluña, contra la convocatoria por la Generalitat de la consulta del 9 de noviembre de 2014 y contra las actuaciones de la Generalitat en dicha convocatoria; y la sentencia relativa a la resolución del Parlament tras los resultados de las elecciones de septiembre de 2015.

Con esas cuatro sentencias, "el Tribunal ha resuelto las cuestiones planteadas desde la única perspectiva para la que resulta competente (la jurisdiccional, y no la política), y de conformidad con el parámetro que debe regir su enjuiciamiento, esto es, la adecuación a las normas y principios de la Constitución, por cuyo respeto tiene la obligación de velar", dice también la memoria.

Cataluña centró el 50% de los conflictos territoriales ante el TC en 2015

La memoria del Constitucional de 2015 presentada por el presidente del tribunal ante el rey también refleja que Cataluña centró, prácticamente, la mitad los conflictos territoriales que se sustanciaron ante el Tribunal Constitucional a lo largo de 2015.

El texto señala que durante el pasado año se produjeron 39 recursos de inconstitucionalidad y conflictos positivos de competencia entre el Estado central y las comunidades autónomas.

De este total, casi la mitad (18), estuvieron relacionados con Cataluña: 8 recursos de inconstitucionalidad contra leyes del Estado; 7 recursos contra leyes de esta comunidad; y 3 conflictos positivos de competencia planteados por Cataluña. La siguiente en conflictividad fue el País Vasco, con 6 controversias a lo largo de 2015.

Pese a que, en general, la litigiosidad constitucional experimentó un leve descenso, en concreto un 6,46 %, en el pasado año ingresaron en el Constitucional un total de 7.369 asuntos, de los cuales "7.203 fueron de amparo", según refleja esta memoria.

Así, el grueso del trabajo de los magistrados del Tribunal Constitucional se centró en resolver recursos de amparo, que representan el 97,7 % del total.

Aumento de la productividad del Tribunal

Junto a todo esto, el resumen de la acción del TC a lo largo de 2015 destaca que "el año pasado, la productividad del Tribunal experimentó un notable aumento: Pleno, Salas y Secciones dictaron 9.064 resoluciones (un 22,3% más que en 2014) y resolvieron 8.759 asuntos (un 25,7% más), actividad que ha permitido reducir el número de asuntos admitidos y pendientes de sentencia en un 23,76%".

En 2015 el Tribunal Constitucional cumplió 35 años de vida, por lo que su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, pone en valor en la memoria el papel desempeñado por el Tribunal en estos treinta y cinco años como "principal baluarte de la Constitución de 1978".

Su labor ha sido "determinante en el enraizamiento de los principios y valores constitucionales en nuestro sistema jurídico y, en general, en nuestra sociedad, siendo decisiva su contribución a la consolidación en España del Estado democrático de Derecho, la efectiva protección de los derechos fundamentales y libertades públicas y la articulación de la organización territorial del Estado diseñada por el constituyente", dice.

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