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Comienza a funcionar el registro de delincuentes sexuales para impedir que condenados trabajen con menores

  • El registro acreditará que quienes trabajan con menores no tiene antecedentes

  • Más de 43.000 personas en España tienen antecedentes por estos delitos

  • La identidad de la víctima no figurará en el registro, solo constará si es menor

3 min.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a petición del ministro de Justicia, Rafael Catalá, al Real Decreto que crea y regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales para evitar que personas con antecedentes por este tipo de delitos puedan trabajar o hacer voluntariado con niños.

Catalá ha explicado que el registro, que "empieza a estar operativo inmediatamente", recogerá a los 43.765 condenados por delitos sexuales que hay en la actualidad en España y se irá ampliando bebiendo tanto del Registro Central de Penados como del Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal de Menores.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, a cuyo lado ha comparecido Catalá, ha destacado que se establece así "un sistema eficaz" para impedir que las personas que hayan cometido cualquier delito sexual puedan "tener acceso o seguir ejerciendo" profesiones que impliquen un contacto habitual con menores de edad, pero también para perseguir estos delitos en colaboración con otras autoridades europeas.

Certificación para trabajar con menores de edad

"Es muy conveniente tener esta información singularizada e identificada. Permitirá evitar algunos problemas y es que personas que tengan alguna condena de estas características puedan dedicarse a labores docentes y de voluntariado en contacto con menores de edad", ha señalado el ministro, para incidir en que la misión principal del registro es "prevenir la delincuencia sexual y proteger a los menores de edad".

En concreto, como manda la Ley de Protección de la Infancia, la persona que pretenda trabajar o realizar cualquier tipo de actividad que conlleve contacto habitual con menores deberá presentar, ante quien le contrate, una certificación negativa que acredite que no está incluida en dicho Registro. En el caso de los ciudadanos extranjeros, además deberán acreditar que no tienen condenas penales por los delitos referidos en su país de origen o en donde sean nacionales.

El registro incluirá los datos de todos los condenados por sentencias firmes dictadas, tanto en España como en otros países, por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, "con independencia de la edad de la víctima o del condenado". En este sentido, Catalá ha aclarado que la identidad de la víctima no figurará, aunque sí quedará constancia de su minoría de edad, si la hubiera.

Asimismo, incorporará el código identificador del perfil genético (ADN) de los condenados cuando lo establezca una resolución judicial, lo que posibilitará el seguimiento y control de ese tipo de delincuentes dentro y fuera de las fronteras de España.

Creado para evitar casos de "descoordinación"

Sobre este asunto, el ministro ha destacado que el registro servirá para evitar "algún caso de descoordinación y de falta de información" que se ha "conocido en el pasado", así como "va a facilitar la investigación y a establecer mecanismos de cooperación eficaces en el ámbito jurisdiccional".

En este sentido, la información no será pública pero podrán acceder a ella los jueces y tribunales de cualquier orden jurisdiccional, el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial para la prevención y persecución de los delitos sexuales.

Los propios interesados podrán solicitar la certificación gratuitamente, y cualquier órgano de la Administración Pública que trámite un procedimiento que precise de forma preceptiva de la información respecto de una persona, previo consentimiento de ésta.

Por otra parte, se podrán realizar certificados de los datos inscritos, sin consentimiento de los interesados, por el encargado del Registro cuando exista petición expresa de las entidades públicas de protección de menores para valorar la situación de desprotección de un menor respecto de sus progenitores, tutores, guardadores o acogedores, así como a instancia de las autoridades judiciales o policiales extranjeras inmersas en una investigación.

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