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Los fiscales ven inconstitucionales las escuchas telefónicas sin permiso del juez

  • Así lo dicen en el informe del Consejo Fiscal que remitirán a Justicia

  • Se muestran contrarios a que el Gobierno pueda autorizar escuchas sin permiso

  • También critican el sistema de plazos máximos que fija para la instrucción

RTVE.es/EFE
2 min.

Los fiscales creen inconstitucional la posibilidad de que el Ministerio del Interior decida la intervención de las comunicaciones de todo tipo en la investigación de delitos de especial gravedad sin autorización judicial previa, recogida en la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

Así figura en el informe del Consejo Fiscal al anteproyecto de ley orgánica que reforma la norma procesal penal, que remitirán en los próximos días al Ministerio de Justicia y que consideran que este aspecto de la ley "debe ser suprimido por resultar contraria a la Constitución".

En el texto elaborado por Justicia se prevé que la intervención de las comunicaciones pueda ser acordada por orden del ministro del Interior o del secretario de Estado de Seguridad, para luego ser comunicada en un plazo máximo de 24 horas al juez, que deberá validar o anular la medida en 72 horas.

El documento elaborado por la Fiscalía también critica el sistema de plazos máximos que fija para la instrucción de las causas (de seis meses para causas ordinarias y de 18 para las causas más complejas prorrogables a petición del juez), según ha informado la Fiscalía General del Estado en un comunicado.

El órgano consultivo de la Fiscalía General del Estado propone también la necesidad de regular la obligatoriedad de la transcripción por los secretarios judiciales de las grabaciones de las declaraciones en la fase de instrucción, un aspecto que debería a su juicio incluirse en la reforma de la ley procesal.

Los fiscales muestran su "malestar" con la reforma

Los fiscales han mostrado en el informe su "malestar" con esta reforma y han lamentado que "una vez más se acuda a la indeseada técnica legislativa de regulación parcial", desaprovechando "la ocasión de abordar de forma definitiva la necesaria reforma del sistema procesal penal español".

El Consejo General del Poder Judicial también se opuso a las escuchas telefónicas sin autorización judicial previa, ya que consideró que ello tiene difícil encaje en la Constitución.

Al igual que la Fiscalía General del Estado, el CGPJ criticó la posibilidad de intervenir comunicaciones sin permiso del juez en un informe no vinculante remitido al Gobierno.

Según el Poder Judicial, el artículo 55.2 de la Constitución solo se refiere a la suspensión del derecho al secreto de las comunicaciones en los casos de bandas armadas o de terrorismo, por lo que "no se identifica en principio el fundamento constitucional de la intervención de la comunicación".

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