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La CNMV prorroga 'sine die' el veto a las ventas a corto en los valores bancarios

  • La prohibición de las ventas a corto terminaba el próximo viernes

  • Bélgica, Italia, Francia y España acordaron la prohibición el pasado mes de agosto

RTVE.es / EFE
2 min.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha decidido prorrogar "sine die" la prohibición de las ventas a corto u operaciones bajistas en el sector financiero, debido a la "situación actual de continuada inestabilidad en los mercados de valores europeos y, en particular, en los valores financieros". Las ventas a corto especulan sobre la cotización de los títulos de una entidad en bolsa. Apuestan a que van a bajar y los venden para comprarlos después a un precio inferior.

El organismo presidido por Julio Segura señala que la prohibición, adoptada inicialmente el pasado 11 de agosto y prorrogada el 25 de agosto, se mantendrá "hasta que las condiciones de los mercados permitan su levantamiento", aunque promete que la restricción será "por el mínimo tiempo necesario".

La prohibición, que en principio vencía el próximo viernes, fue adoptada en agosto en consonancia con los supervisores bursátiles de Francia, Italia y Bélgica, para frenar las apuestas a la baja sobre el sector financiero. El principal desencadenante fueron los rumores sobre una posible degradación de la deuda soberana francesa, que produjeron un descenso de hasta el 14% en la cotización de entidades, como el segundo banco francés, Societé Générale.

El veto afecta a 16 valores del sector financiero

El veto afecta a cualquier persona física o jurídica que lleve a cabo operaciones "que supongan la constitución o incremento de posiciones cortas" sobre 16 valores españoles del sector financiero (Banca Cívica, BBVA, Sabadell, Banco de Valencia, Banesto, Pastor, Popular, Banco Santander, Bankia, Bankinter, Caixabank, CAM, Grupo Catalana de Occidente, Mapfre, Bolsas y Mercados Españoles y Renta 4).

Según los últimos datos de la CNMV, los fondos especulativos habían rebajado su presencia en esos valores hasta el 2,356% del capital, frente al 2,85% que tenían cuando se adoptó la prohibición cautelar el pasado agosto.

La prohibición cautelar afecta a cualquier operación sobre acciones o índices, incluyendo operaciones de contado, derivados en mercados organizados o derivados OTC, que suponga crear una posición corta neta o aumentar una preexistente.

La CNMV recuerda que la Ley del Mercado de Valores tipifica como infracción muy grave el incumplimiento de las medidas cautelares previstas.

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