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La Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a Venezuela por inhabilitar a un opositor

  • La sentencia ordena la habilitación de Leopoldo López

  • Fue alcalde de Chacao y pretendía presentarse a las presidenciales

RTVE.es / Efe
3 min.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ha condenado al Estado venezolano por violar el derecho del líder opositor Leopoldo López a ser elegido y ha ordenado al Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitar su derecho a participar en procesos electorales.

"En el presente caso, si bien el señor López Mendoza ha podido ejercer otros derechos políticos, está plenamente probado que se le ha privado del sufragio pasivo, es decir, del derecho a ser elegido", indicó la Corte en la sentencia publicada hoy en su página web, momentos después de notificar a las partes.

Los magistrados han resuelto que el Estado, mediante los órganos competentes, "particularmente el Consejo Nacional Electoral (CNE), debe asegurar que las sanciones de inhabilitación no constituyan impedimento para la postulación de López Mendoza en el evento de que desee inscribirse como candidato en procesos electorales".

El opositor venezolano ha celebrado la sentencia. "El día de hoy la Corte Interamericana tomó una decisión histórica, una decisión que liquida definitivamente las inhabilitaciones políticas", ha manifestado ante un grupo de seguidores que se reunió frente a la sede de su partido en el municipio de Chacao, este de Caracas.

La inhabilitación de López

La decisión de inhabilitar al político venezolano fue tomada por la Contraloría venezolana en agosto de 2008 por dos casos de supuesto mal uso de los recursos durante su gestión como alcalde: uno en 1996 en la petrolera estatal PDVSA y otro en la Alcaldía de Chacao en 2004.

El pasado 28 de mayo, López dejó clara sus intenciones de aspirar a la Presidencia venezolana en los comicios del 7 de octubre de 2012 y dio a conocer su programa de Gobierno, al que denominó "La mejor Venezuela", pese a estar inhabilitado políticamente.

La CorteIDH también ha ordenado a Venezuela "dejar sin efecto las resoluciones (...) emitidas por el Contralor General de la República, mediante las cuales se declaró la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas del señor López Mendoza por un período de 3 y 6 años".

La Corte también ha encontrado culpable al Estado venezolano por violar los derechos de López a la protección judicial y a la defensa en los procedimientos administrativos que derivaron en la imposición de las sanciones de inhabilitación.

Por otra parte, ha aclarado que el Estado no violó derechos como igualdad ante la ley, presunción de inocencia y garantía de un plazo razonable en la resolución de recursos contencioso administrativos interpuestos por el líder opositor.

Una garantía de no repetición

La Corte también ha ordenado a Venezuela, como garantía de no repetición, modificar el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, que se refiere al plazo para determinar una sanción.

Leopoldo López acumuló una amplia popularidad al frente de la alcaldía de Chacao, uno de los municipios más ricos de Venezuela, donde era habitual verlo correr por las calles junto a un grupo de policías municipales, o aparecer en los actos de la oposición como una de sus figuras.

Llegó al gobierno municipal en el 2000 con un 51 % de los votos y cuatro años después fue reelegido con casi el 60 %.

Graduado en economía en la Universidad de Kenyon (EE.UU.) y con maestría en Políticas Publicas de la Escuela Kennedy de Gobierno de la Universidad de Harvard, el exalcalde alcanzó durante su gestión el premio de Transparencia Internacional (2007 y 2008) como la municipalidad más transparente y eficiente del país.

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