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Los pequeños inversores de Nueva Rumasa no tendrán prioridad en un concurso de acreedores

  • Sólo si tenían una garantía ante notario serán acreedores preferenciales

  • Las asociaciones de consumidores piden un cambio de legislación

  • Recomiendan a los inversores de Nueva Rumasa que acudan a la justicia

RTVE.es / AGENCIAS
4 min.

Las empresas de Nueva Rumasa

Alimentación: Postres Dhul, lácteos Clesa, batidos Cacaolat, helados Royne, conservas y salsas Apis, chocolates Trapa, chocolates Elgorriaga, helados Neiss, lácteos Letona, huevos Hibramer, Batidos Ryalcao, zumos y horchatas La Levantina, lácteos Sali, huevos Matines y caramelos Aldusa.

Bodegas y bebidas: jerez Garvey, rioja Marqués del Campo Nuble, rioja Campo Burgo, toro Marqués de Olivara, rioja Conde de Romanones, brandy de jerez Conde de Garvey, jerez Zoilo Ruiz Mateos, distribuidora Los Conejos y penedés Cavas Hill.

Patrimonial: Inmobiliarias Reunidas.

Distribuidoras: Distribución Retail, Distribución Reta.

Comunicación: Radio Libertad.

Deporte: Rayo Vallecano

El presidente de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) Manuel Pardos, ha advertido a los  pequeños inversores de Nueva Rumasa, que ha pedido el paso previo al concurso de acreedores para 10 de sus empresas, que si finalmente entra en concurso de acreedores no tendrán prioridad de cobro  frente a las entidades financieras, los trabajadores y la  Administración pública.

"En la legislación concursal no se ha conseguido que los  inversores y ahorradores tengan los mismos derechos que los demás  acreedores", ha explicado Pardos, quien recomienda a los afectados que  defiendan sus intereses ante los tribunales penales.

Al respecto, el presidente de Adicae ha añadido que la situación de  Nueva Rumasa es "la crónica de una muerte anunciada", y ha señalado que si  los pequeños inversores se conforman con acudir al proceso concursal  "no sacarán nada", ya que sus créditos serán considerados ordinarios  sin prioridad de cobro.

Solo la garantía ante notario da prioridad

Con todo, los inversores que hubieran acudido a una emisión de pagarés que contara con una garantía real que asegure la devolución del dinero si tendrán la consideración de acreedores prioritarios.

La publicidad de la tercera emisión de pagarés de Nueva Rumasa (que ofrecía una rentabilidad del 8%) sostenía que la devolución de la inversión estaba respaldada por una "garantía real ante notario", que eran las existencias de brandy de jerez de la marca "Conde de Jerez", con un valor de 1.200 millones de euros, según el profesor del IESE Pablo Fernández.

Por su parte, los inversores en pagarés no garantizados tendrán el carácter de acreedores ordinarios, es decir, que cobrarán después de que lo hayan hecho los privilegiados generales (como Hacienda o la Seguridad Social) o los privilegiados especiales (como los que tienen garantías). En último término se situarán siempre los accionistas.

Protección del ahorro

Pardos ha lamentado la "imprudencia" de los cerca de 5.000 pequeños  inversores que depositaron mínimos de 3.000 euros en pagarés de Nueva  Rumasa, aunque celebró que el número de afectados sea "menor" que el  de fraudes similares que se han producido en España.

Por otro lado, el presidente de Adicae ha señalado que queda demostrada la  "insuficiencia" de los siete avisos formulados por la Comisión  Nacional del Mercado de Valores (CNMV) respecto a los pagarés  comercializados por Nueva Rumasa y ha pedido un cambio de regulación para  que el supervisor pueda actuar en estos casos de "burla a la  legalidad".

En este sentido, el presidente de Adicae insta a realizar una reforma  legal en favor de la protección del ahorro en la línea de la que  aplica la Reserva Federal norteamericana que, en estos casos, tiene  la potestad de enviar al fiscal para investigar y denunciar las  irregularidades.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha pedido que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) supervise todas las operaciones que entrañen un alto riesgo, para evitar situaciones como la que ha sobrevenido a los inversores de Nueva Rumasa.

La portavoz de la OCU, Ileana Izverniceanu, ha incidido en que la CNMV ha actuado conforme a la legalidad, ya que no está obligada a supervisar este tipo de operaciones: en primer lugar por el instrumento de inversión elegido por la empresa de José María Ruiz-Mateos (pagarés, en lugar de depósitos, acciones o bonos) y, en segundo lugar, porque su importe mínimo era de 50.000 euros, cantidad a partir de la cual se entiende que los inversores son profesionales y, por lo tanto, cuentan con otros medios de información adicionales.

Escapar al control de la CNMV

Ahora, estos inversores que "no eran precisamente millonarios, tendrán que ponerse a la cola de acreedores", ha señalado la portavoz de la OCU.

Desde esta organización, ha dicho, que ya advirtieron en febrero de 2009 de que "no era buena idea invertir en Nueva Rumasa", que, a su juicio, fijó el importe de sus pagarés en 50.000 euros con el propósito de "escapar del control de la CNMV".

Por ello, esta organización solicita que se cambie la legislación para que la CNMV supervise todas las operaciones, especialmente las que entrañen, como esta, un considerable riesgo.

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