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Una ley de 1932 regula el uso de cadáveres en las universidades

Manuel Seara (Radio 5)
Tiempo de lectura 2 min.

A hombros de gigantes

Programa de divulgación científica. Es un espacio pegado a la actualidad con los hallazgos más recientes, las últimas noticias publicadas en las principales revistas científicas, y las voces de sus protagonistas. Pero también es un tiempo de radio dedicado a nuestros centros de investigación, al trabajo que llevan a cabo y su repercusión en nuestra esperanza y calidad de vida. Los viernes de 22:00 a 23:00 horas.

El programa de Radio 5 'A hombros de Gigantes' aborda el tema de la donación de cadáveres para la investigación científica y del vacío legal que existe a su alrededor.

Para hablar de todo ello, entrevistan a José Antonio Monterrubio, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Rey Juan Carlos.

Una ley de la República es el marco normativo en el que se mueven las universidades y los centros de investigación en el uso y manipulación de cuerpos y restos humanos. La normativa data de 1932 y no ha sido actualizada porque -según Monterrubio- no interesa desde un punto de vista económico.

Puede decirse que las universidades actúan en la alegalidad e incluso en la ilegalidad, porque no cumplen con los protocolos y la legislación de riesgos laborales en el uso y manipulación de los cadáveres.

Requisitos para donar el cuerpo

Las universidades tienen la obligación de manipular los restos con la dignidad que merecen.

Los cadáveres se utilizan en docencia, pero también para probar los efectos de accidentes de coches, las heridas que causan distintas armas, los efectos de la presión, etc.

Las universidades acuden a las morgues en busca de cuerpos, aunque muchas veces son los servicios funerarios los que los ofrecen.

En España, aunque no hay carencia de cadáveres, se importan restos corporales de otros países, como pies, cabezas, miembros, etc, para su estudio.

A HOMBROS DE GIGANTES