El ejercicio del derecho de acceso se entiende, además de en la programación de RNE y TVE, en IRTVE.es.
A estos efectos la dirección de IRTVE.es, establecerá, de acuerdo con la Comisión de Servicio Público del Consejo de Administración, las formas de aplicación del derecho de acceso.
La Comisión de Derecho de acceso en TVE incorporara como vocal de la misma al Director del área de IRTVE.es
El cómputo de aplicación del derecho de acceso comprenderá la programación de los centros territoriales.
La convocatoria semestral se realizara el día 1 de junio y 1 de diciembre respectivamente y la resolución tendrá como plazo máximo el día 30 de junio y 31 de diciembre respectivamente.
Las organizaciones interesadas en el ejercicio del derecho de acceso deberán cumplimentar la solicitud que acompaña al presente anexo, en formato pdf, remitida a la dirección del correo electrónico que se establezca en la convocatoria y dirigida a la dirección de TVE, RNE o IRTVE.es, según el medio o medios en los que se quiera ejercitar el mismo.
La referida solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se indica en el apartado cuarto de la misma.
Las Comisiones de Derecho de Acceso de TVE y RNE, al elevar al director del medio la oportuna propuesta de ejercicio del derecho de acceso del semestre, remitirán copia de la misma a la Comisión de Servicio Público del Consejo de Administración.
Disposición Transitoria Primera: De forma excepcional la convocatoria del segundo semestre del año 2010 se realizara el día 7 de julio y el plazo máximo de resolución de la misma será el 5 de agosto.