Óscar Puente dimitió el 3 de noviembre como ministro de Transportes y renunció a formar parte de las listas del PSOE por Valladolid para las elecciones generales del 29 de noviembre. Sin embargo, su renuncia llegó fuera de plazo, cuando ya se habían proclamado oficialmente las candidaturas. En redes hay mensajes que cuestionan si son válidas las papeletas con el nombre de Puente y se preguntan qué ocurre si un elector tacha su nombre. Te explicamos qué dice la ley y qué ha acordado la Junta Electoral en este caso y en otras renuncias de candidatos.
El 28 de octubre se publicaron en el BOE las candidaturas para las generales del 29N. En la provincia de Valladolid, el PSOE presentó como cabeza de lista a Óscar Puente, seguido de la actual ministra de Igualdad, Ana Redondo. La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) fija que hay un plazo de 48 horas para subsanar errores y las Juntas Electorales proclaman a los candidatos 27 días después de la convocatoria. En este caso, la proclamación ha sido el 2 de noviembre y al día siguiente, el 3, se han publicado las listas en el BOE. En esa lista aún aparecía Óscar Puente liderando la candidatura socialista por Valladolid.
El artículo 48 de la LOREG establece que "las candidaturas no pueden ser objeto de modificación una vez presentadas", "salvo en el plazo habilitado para la subsanación de irregularidades" de dos días "y solo por fallecimiento o renuncia del titular o como consecuencia del propio trámite de subsanación". Este artículo legislativo implica que la renuncia de Óscar Puente llegó demasiado tarde para modificar la lista: pasadas las 21.00 horas del 3 de noviembre.
La Junta Electoral acuerda que se acepten las papeletas tachadas
La Junta Electoral Provincial de Valladolid notificó este jueves al PSOE que el nombre de Óscar Puente seguirá apareciendo en las papeletas en esta provincia en las elecciones del 29 de noviembre. La resolución, a la que ha tenido acceso RTVE, desestima la solicitud del PSOE, que quería confeccionar una nueva papeleta encabezada por Ana Redondo. El órgano de control electoral rechaza la solicitud porque la renuncia de Puente se notificó el 4 de noviembre y los candidatos se proclamaron el día 3.
La Junta Electoral de Valladolid dice que la baja del exministro, si no recoge el acta de diputado, se cubrirá de acuerdo con el artículo 48 de la LOREG: "Las bajas que se produzcan después de la proclamación se entenderán cubiertas por los candidatos sucesivos y, en su caso, por los suplentes".
El artículo 96 de la LOREG señala que serán "nulos en todos los procesos electorales" los votos en papeletas en las que se hayan "modificado, añadido o tachado nombres de candidatos", así como cualquier "otra alteración de carácter voluntario o intencionado". Sin embargo, la Junta Electoral de Valladolid sí aceptará el 29N las papeletas en las que aparezca el nombre de Óscar Puente tachado. "Ante la eventualidad de que puedan darse papeletas con tachadura sobre el nombre del candidato del PSOE que ha renunciado", dice el texto, "han de considerarse válidas".
El antecedente de 2011 con una renuncia en el PSOE en León
El acuerdo de la Junta Provincial de Valladolid cita como precedente una decisión adoptada en 2011 por la Junta Electoral Central. Para las elecciones generales de ese año, el PSOE presentó como número dos en la provincia de León a Francisco Fernández, que después renunció a la candidatura, pero no se pudo cambiar la papeleta para que no figurara como candidato. Entonces, la JEC también dio por buenas las papeletas con ese nombre tachado, "dado que dicha acción se limita a adecuar la papeleta a la realidad de la candidatura en el momento de la votación, resultando en todo caso incuestionable el sentido del voto".
Esa decisión se basó en una sentencia del Tribunal Constitucional de 2011, que permite una "interpretación más flexible" de la LOREG, de modo que los votos no necesariamente serán nulos, solo "si la señal introducida permite albergar dudas sobre cuál es la efectiva voluntad del elector" .
En las elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2023, siete candidatos de EH Bildu renunciaron cuando ya se habían proclamado las candidaturas, tras las quejas de las asociaciones de víctimas del terrorismo. Las renuncias no llegaron a tiempo para modificar las listas, por lo que los candidatos anunciaron que no tomarían posesión en el caso de ser elegidos.
Fuentes
- Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG)
- Resolución de la Junta Electoral de Valladolid sobre la renuncia de Óscar Puente
- Candidaturas presentadas para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado
- Sentencia 123/2011 del Tribunal Constitucional
- Acuerdo 716/2011 de la Junta Electoral Central
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