El Tribunal Supremo ha dado un plazo de cinco días, hasta el próximo 28 de octubre, a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y al ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, para que remitan la relación "nominal" de las 163.020 personas afectadas por la suspensión cautelar del derecho a voto a los inscritos en el Centro de Residentes Ausentes (CERA) tras la aplicación de la llamada 'ley de nietos', con apercibimiento de multa o deducción de testimonio.
En concreto, les advierte de que si el día 28 de octubre a las 15:00 horas no han enviado esa información, la Sala de lo Contencioso-Administrativo podrá acordar una "multa coercitiva" de 1.000 euros, o podría haber "otras responsabilidades patrimoniales" e incluso "deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder".
En dos autos a los que ha tenido acceso RTVE, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ordena que además de remitirle al Supremo la relación "nominal" de los afectados, que también envíen a la Oficina del Censo Electoral la documentación de "todas las personas inscritas en el CERA".
Además, reclama que se advierta de quienes hayan adquirido la nacionalidad por la llamada 'ley de nietos' que figuren en él a fecha 1 de agosto de 2026, se les comunique que lo están "con carácter provisional", pues solo podrán votar aquellas personas a los que los Registros Consulares les hayan expedido "certificación acreditativa de su condición de nacidos fuera de España" de exiliados españoles "por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española".
La decisión del Supremo llega dos días después de que el Tribunal Constitucional haya rechazado admitir a trámite el recurso de amparo que presentó el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la resolución del alto tribunal de suspender cautelarmente el derecho al voto a los nacionalizados por la 'ley de nietos', por considerlo "prematuro".
Indica que solo hay 91 certificados de 31.390 expedientes revisados
Según la Sala de lo Contencioso-Administrativo, "hasta el momento presente", solo se les ha facilitado esa cifra de 163.020 personas, "sin ningún dato adicional más", y que este miércoles recibieron "tres documentos que contienen dos informes informes de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y uno del Instituto Nacional de Estadística".
Además, la Sala apunta que, de acuerdo esos informes, solo "han sido revisados un total de 31.390 expedientes, de los que se han expedido un total de 91 certificados" de personas que "han acreditado el exilio de sus ascendientes en los términos que establecieron" los dos autos por los que acordó la suspensión cautelar.
Y advierte también ante la proximidad de las elecciones generales del 29 de noviembre, que por la "aplicación de las medidas cautelares de suspensión impuestas, estas personas pueden verse imposibilitadas finalmente del ejercicio de su derecho al voto por la propia inacción de la Administración".
Voto particular de una magistrada
La resolución, sin embargo, no ha sido unánime y cuenta con el voto particular de la magistrada Alicia Millán, quien apunta que también en el auto de medidas cautelares mostró su posición en contra, pues cree que estas diligencias "afectan medularmente a la estabilidad del censo electoral".
Ya entonces, recuerda la magistrada, "una vez convocadas las elecciones generales", consideró que quedan "constatadas las dificultades del sufragio activo y el escrutinio de los votos de los electores afectados por la suspensión, y dado el procedimiento de votación de los residentes ausentes regulado en la LOREG".
En su opinión, y al igual que ya trasladó anteriormente, las medidas cautelares de suspender el voto de estas personas genera "inseguridad jurídica y la incertidumbre operativa".
Para la magistrada, estas circunstancias "son incompatibles con las exigencias de certeza, estabilidad y regularidad que constituyen las bases de todo proceso electoral democrático".
Bolaños asegura que el Gobierno ya entregó la información
En declaraciones a los medios, Bolaños ha asegurado que su departamento ya aportó "toda la documentación" que ahora le requiere el Supremo. "Ya aportamos toda la documentación, todos los nombres, toda la información que tenemos en el resgistro civil digitalizado el 15 de octubre, a la oficina del censo electoral, el mismo día que nos la pidieron", ha explicado.
Bolaños dice que remitió la información que pide el Supremo el 15 de octubre
También ha afirmado que por parte de Exteriores, cuando el primero adoptó la primera decisión sobre suspender el derecho al voto de los nacionalizados por la 'ley de nietos', ya envió "instrucciones y directrices claras a todos los consulados para que facilitaran los nombres que está pidiendo el Supremo".
Fuentes de Exteriores han asegurado que tanto el ministerio como todos los consulados están realizando "todos los esfuerzos necesarios desde el primer auto del Tribunal Supremo para cumplir con estos". "Se van a redoblar esfuerzos si aún cabe para cumplir con este nuevo auto", han indicado.
El PP subraya que la decisión del Supremo "es un ultimátum"
Por su parte, la vicesecretaria de Coordinación Sectorial y directora del programa electoral del Partido Popular, Alma Ezcurra, ha puesto en relieve que la nueva decisión del Supremo "ya no es aviso, es un ultimátum" para que Bolaños y Albares entreguen al alto tribunal la "lista de los 163.020 nietos".
Para Ezcurra, "el Gobierno sabe la cifra exacta, porque la dio su propio Abogado del Estado; y sabe quiénes son, porque tramitó él mismo cada expediente". Y se ha mostrado convencida de que se va a "saber todo".
"¿Por qué no entregan la lista, por qué la ocultan?", ha preguntado Ezcurra en un vídeo remitido a los medios, en el que lo ha atribuido a que "nunca fue reparación" el permitir el voto a esas personas. "Una instrucción no puede cambiar la ley, un censo no se hace sin garantías, la nacionalidad no se regala", zanjado.