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La Comunidad de Madrid pensaba usar el ático de lujo en Chamberí como "alojamiento ocasional" para autoridades

  • La subasta por el piso de lujo ha quedado desierta, según el documento al que ha tenido acceso RTVE

  • El ático, ubicado en el paseo del General Martínez Campos, fue comprado en abril por 6,3 millones de euros

RTVE.es
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El consejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid ha asegurado que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso compró el polémico ático de Chamberí de 6,3 millones de euros "a petición de la Consejería de Presidencia" y con el fin de tener "un inmueble institucional" que tuviera una zona de trabajo, "un área de descanso" y sirviera como "alojamiento ocasional" para autoridades de la región o que estuvieran en visita oficial.

Según el Consejero de Presidencia, Miguel Ángel García Martín, la compra fue para "disponer de espacios accesorios o complementarios a las sedes institucionales en contextos de gestión de crisis", como la pandemia de coronavirus, "que pueden prolongarse en el tiempo y que pueden requerir de un inmueble de estas características", pero en ningún caso como "residencia oficial" para Ayuso.

El Consejero de Presidencia ha hecho estas declaraciones minutos después de hacerse público que la subasta que ha realizado el Gobierno de la Comunidad de Madrid sobre el ático de lujo había quedado desierta.

Este proceso de venta del inmueble se hizo público el 30 de julio, un día después de que El País publicara la información sobre su compra, que según el Ejecutivo madrileño tenía como objeto servir de "oficina temporal" de Ayuso, mientras se ejecutaban unas obras de reforma en su sede de la Puerta del Sol. Al anunciar su venta, la Comunidad de Madrid afirmó que el importe se destinaría a la reconstrucción de la sierra oeste tras el incendio de este verano. El ático tenía un precio de salida de 6.694.201 euros.

García Martín ha enmarcado la operación en la "normal actividad de gestión patrimonial" de Planifica Madrid, y ha asegurado que se hizo "con fondos propios" de esa empresa pública y "tras un proceso de búsqueda e identificación".

La puja se ha realizado a través de Planifica Madrid, la empresa pública de la Comunidad de Madrid que compró en abril el polémico ático situado en el barrio de Chamberí. Según el acta de la reunión de la Mesa de Contratación que ha tenido lugar este jueves a las 14.00 horas, nadie ha pujado por él y posteriormente se ha subido al Portal de Contratación a las 16:12 horas. En cambio, sí se ha recibido una oferta por el primer lote de la licitación, integrado por un inmueble localizado en la Gran Vía, que será vendido a la empresa Cartesón S.L. por 11.850.010 euros.

Respecto al lote dos, correspondiente al ático, la Mesa dispone lo siguiente: "Elevar al órgano de contratación de Planifica Madrid la propuesta de declaración de desierto del Lote 2: Madrid-General Martínez Campos, por no haber concurrido oferta alguna al mismo". El acto de apertura de los sobres que contienían las ofertas estaba previsto este miércoles, pero se aplazó al jueves a última hora por "motivos organizativos".

La memoria de arrendamiento habla de un "inmueble residencial"

De acuerdo con las más de 200 páginas de documentación que la Comunidad de Madrid ha hecho públicas tras la comparecencia del consejero, el ático se compró el 14 de abril de 2026 por 6,3 millones de euros, según la fecha que conta en la escritura pública de compraventa, y dos días más tarde se inscribió a Planifica Madrid como titular catastral del 100% en pleno dominio por la Gerencia Regional del Catastro.

Planifica Madrid, dependiente del área que dirige el también portavoz del Gobierno, es la que adquirió el inmueble en abril para posteriormente arrendárselo a la propia Comunidad de Madrid por 3.000 euros durante al menos diez años desde su entrada en vigor el 1 de agosto de 2026.

Aunque el Consejero de Presidencia ha asegurado que la adquisición del piso tenía como objeto servir de "oficina temporal" en la memoria justificativa del arrendamiento se habla de un inmueble de carácter residencial. Concretamente, se especifica que "es una habitual a nivel estatal, autonómico, incluso local, disponer de un inmueble institucional de carácter residencial o dependencias para su uso de manera permanente u por distintas autoridades como apoyo a las sedes oficiales".

También en el primer apartado del contrato de arrendamiento figura una mención al uso del ático y especifica su fin como "inmueble institucional de carácter residencial o dependencias específicas para su uso de manera permanente u ocasional por distintas autoridades como apoyo a las sedes oficiales".

La memoria justificativa asegura que solo cuatro CCAA, entre ellas Madrid no disponen de este recurso: "La posibilidad de contar con un inmueble institucional de carácter residencial con una zona destinada a lugar de trabajo y un área de descanso y alojamiento ocasional para autoridades en visita oficial a la Comunidad de Madrid o las propias autoridades de la Administración se estima necesaria por razones operativas, de seguridad y de representación institucional, entre otras".

Un "encaje más adecuado" para "uso distinto del de vivienda"

Según figura en la documentación que ha hecho pública la Comunidad de Madrid tras la comparecencia del consejero, Planifica Madrid y la Comunidad de Madrid habían suscrito el contrato de arrendamiento el 28 de julio —tras la orden del día anterior de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo— pero sólo dos días más tarde decidieron poner fin al mismo, dejando sin efecto dicha orden —por la que se había autorizado un gasto de 315.000 euros— al "haber desaparecido la necesidad" que lo motivaba sin que se hubiera llegado a hacer uso del inmueble.

En la Memoria de Arrendamiento de Inmueble Institucional, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, fechada a 2 de julio de 2026, se apuntaba a la posibilidad de contar con un inmueble residencia con una zona destinada a trabajo "por razones operativas, de seguridad y de representación institucional, entre otras".

El informe de los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid (CAM) solicitado por la Dirección General de Patrimonio — en la documentación hecha pública por el Ejecutivo— resolvía favorablemente a la resolución para poner fin al contrato. Al mismo tiempo, la Abogacía General hacía constar en el informe que "el destino pretendido del inmueble" encontraría un "encaje más adecuado en la calificación de arrendamiento para uso distinto del de vivienda". que define el artículo 3.1. de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) — aquel que, recayendo sobre una edificación, tiene como destino primordial uno distinto al de vivienda habitual y permanente del arrendatario—.