La titular del juzgado de lo contencioso número 12 de Barcelona ha avalado la eutanasia de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia cuyo padre paralizó in extremis su muerte asistida el pasado mes de agosto, a través de un recurso en los tribunales.
En su sentencia, la jueza desestima el recurso que presentó el progenitor de la joven, representado por el colectivo ultracatólico Abogados Cristianos, contra la decisión de la Generalitat de dar luz verde a su eutanasia, tras el primer juicio celebrado en España por el derecho a la muerte digna.
El padre se oponía a la eutanasia alegando que su hija sufre problemas mentales que la incapacitaban para tomar esta decisión, pero la titular argumenta que no se ha aportado ninguna prueba de que tenga disminuidas las capacidades, que además fueron analizadas por diversos profesionales durante el procedimiento.
Concluye que, "no se encuentra justificada" la petición del padre de impedir la muerte digna de la hija, que es mayor de edad y que, aunque tiene un trastorno límite de la personalidad, según el informe psiquiátrico realizado, no sufre ninguna crisis o descompensación relacionada con el mismo que afecte a sus capacidades.
Habilidades cognitivas y psicológicas suficientes
"La solicitante mantiene la capacidad de hecho para solicitar la ayuda para morir" porque tiene las habilidades cognitivas y psicológicas suficientes para gobernar sus actos y no consta que estén alteradas las funciones mentales, en palabras de la jueza, que añade que una persona con un trastorno límite de la personalidad que se encuentra estable mantiene las habilidades cognitivas que le permiten comprender, apreciar y razonar "adecuadamente" a la información recibida para tomar una decisión y expresarla, como es el caso de esta joven.
Aunque el análisis efectuado por una psiquiatra muestra síntomas depresivos de forma crónica y el del Instituto Guttmann alude a un trastorno de adaptación con síntomas de ansiedad y depresión, ninguno de los dos habla de un trastorno depresivo mayor ni que la paciente tuviese una percepción "distorsionada", continúa la magistrada.
Además, sostiene que no hay ninguna tentativa suicida desde octubre de 2022 y tampoco consta que ahora haya "ideas de suicidio estructuradas", por lo que también descarta este argumento -en contra de lo que manifestaba Abogados Cristianos- para imposibilitar que pueda solicitar la prestación de ayuda a la muerte digna.
La magistrada indica asimismo que el "enorme afecto" que el padre pueda sentir hacia su hija, del que no se duda, no constituye una razón suficiente para justificar su legitimación activa en este proceso, por lo que ha acordado inadmitir su recurso.
Por todo ello, concluye que se cumplen los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2021 de Regulación de la Eutanasia, que establece que la paciente sufre limitaciones sobre la autonomía física y actividades diarias, al punto de no poder valerse por sí misma, que presenta un sufrimiento físico y psíquico constante y que no hay un pronóstico de mejora o curación.
Abogados Cristianos recurrirá la sentencia
La sentencia no es firme y las partes pueden presentar un recurso de apelación ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Desde Abogados Cristianos ya han anunciado que van a recurrirla. "La juez inadmite la solicitud del padre de Noelia porque considera que no tiene legitimación. Sin entrar a valorar cuestiones tan importantes como las irregularidades cometidas por la dupla que autorizó la eutanasia de la joven y que supondría la nulidad de todo el procedimiento. Recurriremos la sentencia e iniciaremos acciones penales", han indicado en un comunicado.
El letrado de Abogados Cristianos que representa al padre de Noelia pidió a la jueza que revocase el aval que dio la Generalitat a su muerte asistida al considerar que el proceso fue "fraudulento". El abogado presentó un escrito ante la titular del juzgado contencioso número 12 de Barcelona, que esta ha terminado desestimando, después de que la Generalitat y la Fiscalía hayan avalado que la joven cumple los requisitos.