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Consumo prohibirá la venta de bollería industrial y bebidas energéticas y azucaradas en colegios e institutos

  • El Ministerio de Derechos Sociales trabaja en un Real Decreto que ahora mismo se encuentra en el Consejo de Estado

  • Casi el 70% (68,82%) de las máquinas vending que hay en los institutos incumplen los criterios nutricionales

Imagen recurso de una máquina vending
RTVE.es
Tiempo de lectura 3 min.

El Ministerio de Derechos Sociales y Consumo está elaborando un decreto para prohibir la venta de la bollería industrial, las bebidas energéticas y azucaradas y regular el consumo de este tipo de productos en las máquinas vending y cafeterías de colegios e institutos.

Según ha podido saber RTVE, desde la cartera de Pablo Bustinduy quieren impulsar este Real Decreto que actualmente se encuentra siendo estudiado en el Consejo de Estado antes de ser llevado al Consejo de Ministros para su aprobación y posterior tramitación.

Fuentes consultadas por este medio aseguran que el objetivo que se persigue con la medida es impedir comercializar en estos centros educativos aquellos alimentos y bebidas que superen un contenido máximo de cinco gramos de azúcares por porción envasada. Además, la restricción se va a ampliar también a las bebidas energéticas.

Paralelamente, el decreto plantea la prohibición de las máquinas vending que ofrezcan publicidad de cualquier producto, y ha propuesto prohibir también que estas máquinas se instalen en zonas a las que puedan acceder el alumnado de infantil y primaria.

El 70% de las máquinas 'vending' incumple los criterios nutricionales

Esta nueva regulación está basada en los criterios establecidos por organismos sanitarios internacionales como la OMS (Organización Mundial de la Salud) o la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) sobre los límites para la ingesta de grasas, azúcares y sal entre los

Los datos que maneja el Ejecutivo acerca del consumo de este tipo de alimentos y bebidas entre los más jóvenes son preocupantes, según el último informe de la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición). Según el documento, en los centros escolares de educación secundaria en los que hay máquinas vending, casi el 70% (68,82%) incumplen los criterios nutricionales que establece la OMS.

Pero en las cafeterías el porcentaje de incumplimiento es aún mayor. En este caso, la cifra sube casi al 75% (74,36%). Además, el informe señala un dato preocupante: cada vez se incumplen más estos criterios en relación. En 2021, el cumplimiento superaba el 57%, en 2022 bajó al 37,50%, y en 2023 (última evaluación de la que hay datos) volvió a bajar hasta situarse en el 31,88%. Es decir, estos criterios solo se cumplen en aproximadamente uno de cada tres centros de educación secundaria de nuestro país.

Nuevos criterios para medir los productos a la venta

En caso de salir adelante la nueva medida, que aún tiene que pasar por el previsible visto bueno del Consejo de Ministros, el ministerio dirigido por Pablo Bustinduy quiere que el valor energético de los productos que se comercialicen no superen las 200 kilocalorías.

Además, las kilocalorías que procedan de la grasa no pueden superar el 35%, es decir, el contenido máximo de grasas será de 7,8 gramos para una porción de 200 kilocalorías como máximo.

Del mismo modo, si se tratan de grasas saturadas, las kilocalorías deberán ser como máximo de 2,2 gramos de grasas saturadas por cada 200 kilocalorías. Respecto a los azúcares añadidos, habrá un máximo de 5 gramos de azúcar añadido por cada porción de 200 kilocalorías. Por su parte, la sal, debe ser máximo de 0,5 gramos (0,2 de socio) para la mencionada porción.