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La DANA deja inundaciones en todo el país: ¿qué daños cubre el seguro?, ¿cómo puedo reclamar?

RTVE.es
3 min.

Las intensas lluvias este fin de semana han dejado inundaciones y daños en toda España, con importantes pérdidas para familias y empresas. Mientras la DANA (depresión aislada en niveles altos) remite, muchos han comenzado ya a evaluar y reparar los destrozos en viviendas, vehículos y campos. ¿Se hace cargo el seguro?, ¿cómo se reclaman?

¿Qué desastres naturales cubre el seguro?

Una inundación es uno de los fenómenos naturales que los seguros consideran un "riesgo extraordinario" y, por lo tanto, corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros hacerse cargo de las indemnizaciones. En todo caso, siempre será necesario estar asegurado.

De hecho, el Consorcio solamente cubre los bienes que aparecen detallados en la póliza del afectado, bajo esas mismas condiciones. Además, en su página web especifica que no da cobertura a los daños por granizo, nieve, lluvia caída directamente sobre el bien asegurado o los daños por rachas de viento inferiores a los 120 Km/h, goteras, rotura de presas, entre otros.

Si el daño derivado de la lluvia no se considera "extraordinario", en cambio, sí puede estar cubierto por el seguro de hogar, de la comunidad o del vehículo y, en ese caso, será la aseguradora quien se hará cargo, de acuerdo con la cobertura contratada.

En el caso de automóviles, los afectados con un seguro a todo riesgo podrán reclamar los daños no extraordinarios a su aseguradora.

En las viviendas, el seguro del hogar cubre algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza cuando no llegan a los límites de intensidad a partir de los cuales ya interviene el Consorcio.

¿Cómo reclamar los daños del temporal?

En primer lugar, las organizaciones de consumidores recomiendan tomar fotografías de todos los daños causados. Es importante realizar esto antes de comenzar a recoger. Entonces, es el momento de revisar las condiciones específicas de nuestra póliza de seguro.

Si los daños están causados por un fenómeno claramente "extraordinario", como una inundación, puede comunicarse directamente al Consorcio de Compensación de Seguros lo antes posible. El trámite puede hacerse online o a través del teléfono 900 222 665.

En todo caso, si no se está seguro de si son daños extraordinarios o no, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda notificar el daño tanto al Consorcio, como a la aseguradora, a través del canal habilitado para ello por cada entidad.

Además de las fotografías, la OCU recuerda también que es importante recopilar otras pruebas para demostrar el origen y la consecuencias del daño: noticias, informes de organismos como la Agencia Española de Meteorología (AEMET), Emergencias, Policía, Protección Civil, Bomberos, etc.

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