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La Corte Suprema de México declara inconstitucional la penalización del aborto en un fallo histórico

  • La sentencia sienta un precedente para el resto de tribunales del país

  • Los magistrados no se ponen de acuerdo sobre el plazo de tiempo para interrumpir el embarazo

RTVE.es
3 min.

La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México (el tribunal constitucional del país) ha declarado este martes inconstitucional la penalización de las mujeres que abortan en la primera etapa del embarazo y ha reconocido el derecho a decidir en un fallo histórico.

El aborto solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

14 horas - El aborto es ilegal en muchas partes del mundo y está castigado con penas de prisión - Escuchar ahora

Fallo sobre el código penal de Coahuila

Los magistrados invalidan con su fallo el artículo 196 del código penal del estado de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel "a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento", informa Efe.

"No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo", argumenta en el fallo el magistrado Luis María Aguilar.

“El asidero del derecho penal para sancionar a quien interrumpe voluntariamente su embarazo no es aquí una potestad disponible para el legislador, pues están los derechos humanos en juego”, ha añadido la magistrada Margarita Ríos-Farjat.

El fallo es histórico porque por primera vez el Supremo de México "pone en el centro de la discusión el derecho a decidir", según Aguilar.

Precedente para todos los tribunales del país

La decisión del Supremo sólo invalida el código penal del estado en cuestión, pero sienta un precedente obligatorio para todos los tribunales del país, que deberán fallar a favor de las mujeres de otros estados. Mujeres y organizaciones que defienden los derechos reproductivos podrán combatir por la vía judicial la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales.

Además, el fallo cita como una de sus implicaciones "la garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria".

"El Estado no solo debe abstenerse de forma absoluta de penalizar el aborto, en donde se restrinja el derecho de las mujeres o gestantes a decidir sobre su propio cuerpo, sino que además debe garantizar condiciones mínimas para que ello sea posible", ha explicado la magistrada Norma Piña.

Los jueces, sin embargo, no se han puesto de acuerdo sobre el periodo del embarazo en el que puede producirse el aborto. Mientras unos magistrados consideran que el "derecho a decidir" no es "ilimitado", el presidente de la Corte Suprema, Arturo Zaldívar, cree que la sentencia se queda corta y se deberían invalidar todos los artículos que criminalizan el aborto bajo cualquier precepto.

El Supremo mexicano ya había resuelto otra controversia similar en 2008, cuando declaró constitucional la despenalización del aborto en la capital del país, el entonces Distrito Federal.

Antes de conocerse la sentencia, el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, se había negado a posicionarse. "Vamos a esperar a ver qué decide la Corte. Y deben entenderse las cosas. Yo no puedo por la investidura presidencial exponerme a un desgaste, y entonces tengo que cuidarme. Y este asunto es bastante polémico", ha declarado.

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador EFE/ Sáshenka Gutiérrez

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