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Las inmatriculaciones de la Iglesia generan dudas sobre su legalidad

  • En la región hay 470 inscripciones como garajes, solares o viviendas a nombre de la institución

  • El Obispado de Cartagena asegura que está dentro de la legalidad

ANA GARCÍA ÁLVAREZ / RTVE MURCIA
3 min.

Inmatricular es inscribir un bien inmueble por primera vez e incorporarlo al Registro Público de la Propiedad. Un mecanismo que la Iglesia empleó, a través de certificaciones eclesiásticas, para aumentar su patrimonio inmobiliario entre 1998 y 2015. Esto se pudo hacer gracias a una reforma del Reglamento Hipotecario impulsada por el Gobierno de José María Aznar en 1998, que posteriormente fue derogada en 2015. A principios de 2021, el Consejo de Ministros dio a conocer el número de inmatriculaciones de la Iglesia Católica entre esos años. En toda España, el número de inmuebles que pertenecen a la institución son 34.961, de los que 470 se encuentran en la Región de Murcia. El Ejecutivo de Pedro Sánchez,  al dar a conocer la lista de las inmatriculaciones de la Iglesia, abre la puerta para que se puedan reclamar esos bienes de dominio público que puedan estar a nombre de la Iglesia de manera irregular.

Titularidades y clasificaciones de los inmuebles

Del total de las propiedades de la Iglesia en la comunidad murciana, el titular que más se repite en el listado es el del Obispado de Cartagena, con 147 inscripciones. En cuanto a los tipos de inmuebles registrados, 373 inmuebles, la mayoría, son clasificados como 'Templos y dependencias complementarias', mientras que las 97 restantes no responden a esta categoría. Hay siete locales en alquiler en Fuente Álamo y Murcia, cinco garajes (en Bullas, Cartagena, Fuente Álamo, Murcia y Pliego) o también once solares repartidos en Murcia, Alhama, Cartagena, Jumilla, Lorca, Molina de Segura y Totana.

Los propios vecinos pagan sus nichos. ¿Y si lo pagan ellos, por qué es del Obispado?

También, entre esos bienes se encuentran: almacenes, salones de uso recreativo, diversas edificaciones, fincas, tierras de secano, edificios singulares, locales comerciales o un salón de uso recreativo, entre otros. Y también 36 cementerios. Este hecho en concreto, el de la propiedad de los cementerios, es lo que más dudas genera: “Los propios vecinos pagan sus nichos. ¿Y si lo pagan ellos, por qué es del Obispado?”, pregunta Manuel Espín, Pedáneo de La Paca.

Dudas sobre si titularidad de la Iglesia es legal

El Obispado de Cartagena responde que no han recibido reclamaciones formales y que están dentro de la legalidad, ya que el mecanismo de inmatriculación aprobado en la ley vigente hasta 2015 no estaba destinado únicamente a la Iglesia Católica, sino también a la organización territorial del Estado. Y subraya el director de la oficina de transparencia de la Diócesis de Cartagena que "La inscripción de todos estos bienes en el Registro de la Propiedad no ha supuesto para la Iglesia un privilegio, sino la solución al problema de la inscripción de las fincas carentes de título de dominio, de lo que se ha beneficiado sobre todo la Administración".

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