La Fiscalía de Madrid aprecia "indicios racionales" de un posible delito en el contrato que Podemos suscribió con la empresa Neurona Consulting para las elecciones del 28 de abril, y ha pedido al juzgado de instrucción 42 de la capital que investigue a la formación solo por estos hechos.
De esta forma, el ministerio público pide al juez que únicamente siga adelante con la parte de la investigación referida al mencionado contrato, al que aludió también el Tribunal de Cuentas en un reciente informe, ha informado este martes la Fiscalía Provincial en un comunicado.
Respecto a las otras cuestiones denunciadas por el exabogado del partido José Manuel Calvente, que dieron origen a la apertura de la causa, el fiscal considera que algunas son "rumores, sospechas o suspicacias" mientras que para el resto no existen indicios que demuestren la existencia de hechos delictivos.
Señala que Neurona se creó "ad hoc" para la prestación del servicio
En los contratos con Neurona, la Fiscalía sí aprecia la existencia de “indicios racionales suficientes de la perpetración de un hecho delictivo”. Como primera conclusión rechaza el carácter “prospectivo” del hecho investigado porque “existen elementos que determinan que no se ha acreditado la justificación de este gasto resultando además que es una empresa creada “ad hoc” para la prestación del servicio”.
De la misma forma, el fiscal explica que de la información bancaria remitida resulta que la empresa contratista Neurona efectuó abonos en fechas próximas a las elecciones de 2019 a una mercantil de tecnología digital con sede en Dallas (Creative Advice Interactive) por un importe total de 308.257,20 euros “cuando las transferencias de la coalición son manifiestamente superiores”.
También reseña que todos los gastos que figuran en sus cuentas corrientes son los normales de prestación de servicios (Burguer King, Uber, Museo del Jamón..), así como comisiones al letrado que figura como administrador de la entidad, pero no constan “gastos de personal, medios materiales o locales” propios de una actividad empresarial.
La Fiscalía rechaza, además, la nulidad de actuaciones planteada por Podemos por no constar en la causa la grabación completa, una circunstancia que a juicio de la formación política le generaría indefensión, porque “si lo desea la parte ahora apelante no tiene más que solicitar una copia”.
Otros hechos denunciados por Calvente "no revisten caracteres de delito"
En su denuncia, Calvente también se refirió a una serie de actos preparatorios que, a su juicio, servirían como indicios de la comisión de hechos delictivos. Mencionó, por ejemplo, el cierre del portal de transparencia incumpliendo los Estatutos, el nombramiento de la nueva gerente, el cese del antiguo responsable de compras y el nombramiento del nuevo, el aumento de salarios de tesorero y gerente por encima de los límites éticos fijados por el partido así como abono de gastos desproporcionados y conceptos no autorizados.
La Fiscalía entiende que si bien estos hechos pueden ser “discutibles” desde el punto de vista ético o de la transparencia “es claro que no revisten caracteres de delito”.
Algo similar ocurre con la mención que se recoge en la denuncia sobre los complementos salariales y la suficiencia de la justificación de los gastos de miembros del partido. La Fiscalía recuerda en su escrito que fue la propia formación política la que impuso un límite salarial para todos sus miembros que no excediera tres salarios mínimos interprofesionales. De acuerdo con la fecha de los hechos denunciados, según recoge el escrito presentado al juez, estaba en vigor esa normativa interna donde el límite se fijó para el año 2019 en 2.850 euros para los empleados sin persona a su cargo.
Tampoco ve irregularidades en lo relativo a las nóminas del partido
En ese sentido el Ministerio Público subraya que de las nóminas aportadas por el denunciante, ninguna supera el límite fijado en 2019 por el propio partido, salvo el de una persona que tenía a su cargo un hijo de 20 meses.
“No podemos deducir que hayan cobrado más de lo que les corresponde”, precisa la Fiscalía, que afirma que el cobro de cantidades por parte de trabajadores del partido por encima de las cantidades que el propio partido había fijado como límite ético podrá ser “discutible” desde su normativa interna pero “no constituye hecho típico alguno”. Y añade: “Más aún, ni siquiera aparece como acreditado este hecho a la vista de las nóminas aportadas y la normativa interna”.
En cuanto a la adjudicación de fondos a la asociación #404, el denunciante sospecha de la entidad porque al buscar información en su página web, esta carecía de avisos legales, información sobre el titular o política de privacidad. Calvente considera que detrás de esta entidad podría estar el diputado Rafael Mayoral por cuanto intuye la intervención de una tercera persona que es asesor de una eurodiputada de Podemos.
En este punto la Fiscalía afirma que una vez examinada la página web “se trata de una asociación cuya finalidad es dar visibilidad a denuncias sociales” y precisa que no hay ningún indicio de que Mayoral se haya apropiado de los 50.000 euros a través de personas interpuestas “por más que se acompañen [los indicios] de relaciones y rumores obtenidos a través de internet”.
Otros hechos denunciados son “rumores, sospechas o suspicacias”, según el fiscal
Sobre el acceso al disco duro de la abogada Marta Flor sin su consentimiento, el representante del Ministerio Público pone de manifiesto que “teniendo en consideración la ausencia de denuncia de la persona afectada (…) no se puede acordar ninguna diligencia al respecto, puesto que es necesaria la denuncia del perjudicado. También se pronuncia la Fiscalía sobre la adjudicación “a dedo” denunciada por Calvente de las obras de acondicionamiento del inmueble sito en la c/Villaespesa 18 de Madrid.
Para expresar su postura la Fiscalía se remite a la normativa en materia de contratación de los partidos políticos y explica que, pudiendo hacerlo, Podemos optó por el procedimiento de urgencia porque “al parecer”, según el denunciante, concluía el periodo de arrendamiento de la oficina de la calle Princesa. De la infracción aportada resulta que Podemos incumplió sus propias normas internas de licitación “con estándares de control muy superiores a la propia Ley de Contratos” pero que dicha circunstancia no reviste carácter delictivo.
Otra cuestión es la diferencia entre el precio de adjudicación de 1.361.055 euros y el de licitación era de 649.936,68 euros, pero, dado que la Fiscalía no cuenta con ningún elemento más para valorar la naturaleza delictiva de esta modificación al alza del precio final, se remite a la declaración del denunciante en sede judicial cuando señaló que “el presupuesto era muy inferior al valor real de las obras y que se bajó el importe para adjudicarlo a quien querían”.
El fiscal aprecia que “ni siquiera el denunciante considera que el valor real de la obra no fuera el de 1.361.055 euros, sino que lo único que refiere es que la adjudicación fue a dedo”. También alude a la falta de referencias sobre la existencia de vínculos personales o patrimoniales injustificados que determinaran la adjudicación “a dedo” por cantidades muy superiores a las que pudieran corresponder a las obras.
En cuanto a otro de los hechos narrados por el denunciante referidos a los contratos “fraudulentos” con ABD y en los que Juan Manuel del Olmo y Rafael Mayoral habrían intervenido como comisionistas, la Fiscalía señala que no existen indicios que así lo acrediten porque, en realidad, se trata de “rumores, sospechas o suspicacias del propio denunciante”. Para la Fiscalía, el hecho de acordar toda esta batería de diligencias sobre la base de rumores, sospechas y a la “clara” animadversión del denunciante, “es completamente contrario a lo que se pretende en una instrucción judicial en una sociedad democrática”.