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Coronavirus: quién puede optar a un préstamo ICO y cuáles son sus requisitos

RTVE.es / AGENCIAS
7 min.

Los bancos han comenzado este lunes a conceder los créditos avalados por el Estado a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) a autónomos, pymes y grandes empresas que se estén viendo afectados por la crisis del coronavirus COVID-19 y necesiten liquidez.

El primer tramo de la línea de avales públicos ya se encuentra operativo. Se trata de 20.000 millones de euros de los cuales 10.000 millones están destinados a cubrir, con carácter retroactivo, los créditos concedidos desde el pasado 18 de marzo, y cuya comercialización será supervisada por el Banco de España.

Estos créditos avalados por el Estado se concederán a través de 86 entidades que de momento han firmado el acuerdo para conceder estos préstamos y que van especialmente dirigidos a apoyar la liquidez de pequeñas y medianas empresa y autónomos, a los que se les concede un nivel de aval superior.

Según ha asegurado la vicepresidenta tercera del Gobierno, Nadia Calviño, durante una rueda de prensa este miércoles, ya se han presentado 31.000 solicitudes por un importe de 2.447 millones de euros.

¿Qué es un préstamo ICO?

Las Líneas ICO son líneas de financiación con las que el Instituto de Crédito Oficial facilita fondos con la intermediación de las entidades de crédito.

Debido a las condiciones excepcionales que ha provocado el estado de alarma y que ha llevado al Gobierno a la aprobación de medidas urgentes, se cubrirán créditos concedidos desde el 18 de marzo para ayudar a las empresas y autónomos a mitigar el impacto económico del coronavirus.

Las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 30 de septiembre. Además, deberán transferir a sus clientes el beneficio derivado del aval público, en forma de menores intereses o mayor plazo, entre otras opciones.

Los avales concedidos por el ICO cubrirán el importe principal del préstamo impagado por el cliente, excluidos otros conceptos, como los intereses ordinarios o de demora.

¿A quién va dirigido?

El ICO va dirigido a empresas (especialmente las medianas y pequeñas) y autónomos para atender a pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

Los avales concedidos por el ICO cubrirán el importe principal del préstamo impagado por el cliente, excluidos otros conceptos, como los intereses ordinarios o de demora.

Sin embargo, quedan excluidas las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.

Según explica el presidente del Instituto de Crédito Oficial, José Carlos García de Quevedo, esto permite a los autónomos a tener un aval por parte del estado, y por ello se puede llegar a mejorar el tipo de interés.

Calviño ha explicado además que va a existir una garantía pública superior para las operaciones que se formalicen con PYMES y autónomos. Una cobertura por parte del sector público del 80 % para nuevos créditos, el 70 % para la renovación de créditos y el 60 % en el caso de las grandes empresas.

¿Qué excluyen estos préstamos?

No se podrán utilizar los avales para refinanciar anticipadamente créditos preexistentes, y deberán traducir el respaldo del Estado a los préstamos en forma de menores intereses o de un mayor plazo.

Además, con el objetivo de garantizar su distribución de una manera "adecuada", esta línea de avales se repartirá entre las entidades de forma proporcional a la cuota de mercado que presentaran cada una de ellas a finales de 2019.

Estas deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 30 de septiembre, no podrán utilizar los avales para refinanciar anticipadamente créditos preexistentes, y deberán traducir el respaldo del Estado a los préstamos en forma de menores intereses o de un mayor plazo.

¿Están obligadas las entidades a conceder el préstamo?

En este caso, cada entidad puede aceptar o denegar las operaciones según sus criterios de riesgo internos. De este modo, si una entidad rechaza una solicitud el cliente puede presentarla en otra de las Entidades de Crédito.

María José Landáburu, miembro de la Asociación de Autónomos y Emprendedores (UATAE), explica en declaraciones a TVE, que las entidades están pidiendo requisitos que no recoge la ley que están favoreciendo a clientes preferentes a los que obligan además a adquirir otro tipo de servicios.

Algo que desde la Asociación Española de Banca (AEB), explica a TVE José Luis Martínez Campuzano, que "les parece inaceptable" que obliguen a los clientes a que tengan que adquirir servicios, como un seguro de vida, con los préstamos ICO, ya que el principal objetivo, indica, es el de ayudar a los autónomos.

¿Puede cada entidad aplicar un tipo de interés diferente?

En la póliza que el usuario firma con su Entidad de Crédito figura el porcentaje del tipo del interés aplicable que deberá pagar por la financiación. La suma del tipo de interés más la comisión inicial que en cada caso aplique la Entidad de Crédito no podrá superar la TAE máxima establecida por ICO.

En algunos casos, los usuarios han denunciado que la misma entidad en diferentes sucursales está ofreciendo tipos de interés diferentes, es lo que le ocurre a Roberto, autónomo en el ámbito de la hostelería que se ha visto obligado a echar el cierre de su establecimiento mientras dure el estado de alarma.

"En la misma entidad en distintas sucursales se está concediendo préstamos al 2 % y a otros al 3,5 % con el objetivo de venderte otros productos para abaratar el interés", explica a TVE.

Para evitar que esto ocurra, el Gobierno ha advertido que estos préstamos avalados por el Estado, deberán de transferir cobertura a los clientes con mejores condiciones, ya sea un menor tipo de interésla ampliación del plazo para devolver el crédito o la introducción de periodos de carencia.

¿Me pueden obligar a contratar un producto para adquirir el crédito?

Los bancos no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación de ningún otro servicio o producto como han denunciado algunos autónomos en las redes sociales, algo que, según explicaban fuentes financieras, el Banco de España ya había hecho llegar a los respectivos consejeros delegados, con quienes se ha reunido recientemente de forma telemática para hablar del impacto de la crisis del coronavirus.

Algunos autónomos y empresas aseguraban que una entidad estaba dispuesta a concederles la nueva financiación con aval del Estado para capear la crisis provocada por la pandemia del coronavirus COVID-19, pero que exigía para ello la contratación, por ejemplo, de un seguro de vida, con un coste muy alto a pesar de que el usuario ya contara con esta cobertura.

Sobre este punto, el presidente del Instituto de Crédito Oficial, José Carlos García de Quevedo, ha advertido en unas declaraciones tras la firma del acuerdo de colaboración con las entidades, de que las condiciones que establece el contrato están "muy claras", y una de ellas es que "la entidad no podrá exigir al autónomo o a la empresa que contrate ningún otro producto o servicio adicional".

García de Quevedo ha recordado que "los bancos deben trasladar a autónomos y empresas la ventaja de tener el aval del Estado" o bien mediante la mejora del tipo de interés, ofreciendo un mayor plazo de amortización o estableciendo algún periodo de carencia del principal.

Así lo ha asegurado también Calviño que ha negado rotundamente la posibilidad de las entidades de vincular este tipo de préstamos avalados por el Estado a otros productos y ha asegurado que estarán vigilantes para que la normativa se cumpla sin excepciones.

¿Cómo se garantizará cumplimiento de la normativa a la hora de concederlo?

El Banco de España en conjunto con las asociaciones de empresas y autónomos, han comunicado que vigilarán la comercialización de estos créditos, y han requerido a las entidades para que establezcan los sistemas de control necesarios.

Una vez se haya hecho uso del primer tramo de avales, según ha informado el Ministerio de Asuntos Económicos, el Gobierno podrá a disposición de las entidades una segunda línea de avales, cuyas características se determinarán llegado el momento, para garantizar liquidez de forma adecuada hacia el tejido productivo.

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