El Tribunal Supremo ha despejado el último obstáculo legal que impedía exhumar del Valle de los Caídos a Franco, al levantar la suspensión cautelar que pesaba sobre tres recursos que todavía siguen vivos en el tribunal, los de la comunidad benedictina del Valle, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos, de modo que autoriza al Gobierno a entrar en la basílica para ejecutar la exhumación.
En tres autos, la Sección Cuarta de lo Contencioso levanta la medida cautelar que el propio tribunal estableció en junio, como pedían los tres recursos presentados contra el acuerdo del Gobierno para sacar al dictador de la basílica de Cuelgamuros.
La Sala argumenta su decisión en que la medida debe levantarse tras la resolución del recurso de la familia de Francisco Franco, ya que "una vez resuelto el primero de los recursos se han alterado los presupuestos" sobre los que se acordó la suspensión, por lo que una vez "atendidos los intereses en conflicto" han de prevalecer "los intereses generales".
La sentencia es "título legítimo bastante"
La Sección Cuarta de la Sala III ha dictado una providencia en la que responde a la petición de la Abogacía del Estado de autorización a acceder ya a la Basílica del Valle de los Caídos para proceder a la exhumación de los restos del dictador, ante la negativa del prior de la abadía a autorizar la entrada a la basílica.
El Supremo explica que la sentencia que avala la exhumación de Franco del dictador, de manera que ahora el foco se pone en el Constitucional, al que recurriránla familia Franco y la Asociación del Valle de los Caídos.
Los magistrados recuerdan, además, que el articulo 118 de la Constitución obliga a todos a cumplir las sentencias firmes,
Queda solventado de forma definitiva el expediente judicial, que será entonces remitido al Consejo de Ministros permitiendo que pueda ejecutar su decisión y sacar del Valle los restos del dictador.
Por otro lado, la Sección ha dictado otra providencia en la que deniega la petición de personarse en el Supremo de un particular que tiene presentado un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Madrid, contra la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la exhumación.
El particular pretendía su personación como parte interesada en el recurso de la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos, pero la Sala desestima su pretensión y recuerda que es la Sala III del Supremo el único órgano jurisdiccional competente para enjuiciar la legalidad de los actos y disposiciones del Consejo de Ministros, así como las incidencias acaecidas en su ejecución.
A la espera del Constitucional
El Gobierno en funciones esperaba este escenario que allana el camino para la exhumación, puesto que, como ha señalado la vicepresidenta Carmen Calvo, "ya no tenemos que pedir ningún permiso a nadie", aunque no ha confirmado si será este viernes o el siguiente cuando el Consejo de Ministros apruebe la exhumación.
Sin embargo, la decisión del Supremo parece no ser la última dado que tanto la familia Franco como la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos presentarán de forma "inminente" ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de amparo en el que pide como medida cautelarísima que paralice la exhumación.
Esta acción supone que el tribunal de garantías deberá pronunciarse de forma inmediata, previsiblemente la próxima semana, sobre si acepta o no la cautelarísima, lo que implica que mientras se resuelve esta cuestión urgente, el Gobierno no podría exhumar aun los restos de Francisco Franco, explican a Efe fuentes jurídicas.
La cautelarísima es una medida muy excepcional que se aplica en supuestos muy extremos, de manera que es poco probable que el Constitucional la acuerde.
La intención del tribunal de garantías es resolver sobre esta petición urgente de los Franco la próxima semana y si no se adopta esta medida, el Ejecutivo podrá ya ejecutar la sentencia del Supremo y exhumar a Franco independientemente de si el Constitucional admite o no después el recurso de amparo.