El Tribunal Supremo ha procesado al senador de EH Bildu Iñaki Goioaga, o subsidiariamente de colaboración, al apreciar indicios de que formaba parte del llamado 'frente de cárceles', grupo de abogados que contribuía a mantener a los presos de ETA bajo su disciplina y estructura.
El magistrado Miguel Colmenero, instructor de la causa especial abierta a Goioaga por estos hechos, acuerda en un auto dejarle en libertad provisional pero con obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes ante el Juzgado de guardia que corresponda a su domicilio y le requiere el pasaporte.
Además, le impone una fianza de 6.000 euros para garantizar las posibles responsabilidades pecuniarias que pudieran corresponderle y le cita para el próximo 28 de abril para recibirle declaración indagatoria.
Según la resolución, Goioaga, "al igual que los demás integrantes del grupo, desarrollaba una participación activa mediante las visitas en los centros penitenciarios a los presos que permanecían en la órbita de ETA".
Añade que "conocía las consignas de la organización terrorista a los presos y las inquietudes o posiciones de éstos y contribuía a mantenerlos en el marco ideológico bajo la disciplina y en la estructura de ETA, como resulta del contenido de documentos y de su participación conjunta en las visitas a los internos en los distintos centros penitenciarios".
El auto del magistrado señala que los anteriores hechos revisten inicialmente las características de un delito de integración en organización terrorista, que, en la fecha de los hechos, el artículo 571 del Código Penal castigaba con la pena de prisión de seis a doce años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Acreditados indicios
El instructor considera que hay acreditados indicios de que, en el marco del llamado 'frente de cárceles' de ETA, "se ha desarrollado una estructura de carácter permanente dirigida a prestar de forma continuada a los presos relacionados con la banda distintas clases de asistencia, tales como jurídica, médica o sanitaria, social y económica.
Ello "siempre bajo las directrices de ETA, que se transmiten a través de distintos órganos, tales como los llamados KT o Grupo de Coordinación y KG o Espacio o Núcleo de Coordinación". Explica que estas actividades se financian desde la organización Herrira, bajo el control de ETA, abonando los gastos y las retribuciones derivadas de esa asistencia".
Añade que dentro de esa estructura se conforma un grupo de letrados que funciona a través, al menos, de dos cooperativas de abogados, una con sede en Hernani y otra en Bilbao, que "atienden a aquellos presos y bajo la apariencia de asistencia jurídica, que también les prestan, les transmiten consignas procedentes de la dirección de ETA, con la finalidad de mantener su cohesión como integrantes de la banda y presentar hacia el exterior, especialmente frente al Gobierno democrático de España, una posición común".
La labor de estos letrados, según añade la investigación en el Supremo, excluía iniciativas, actitudes y reivindicaciones individuales, "no solo en cuestiones estrictamente jurídicas relativas a su situación penal y penitenciaria, en las que se impone a los presos prescindir de sus intereses individuales, sino también en asuntos de índole política, o político-penitenciaria, con la pretensión final consistente en que la presencia de ETA en el planteamiento y posible solución de esas cuestiones, que la organización terrorista considera pendientes, deba ser tenida en cuenta".
El auto subraya que cuando alguno de los presos decide públicamente desvincularse de la organización terrorista la asistencia prestada por el grupo de abogados cesa en todos sus aspectos por orden de la dirección de ETA.
En ese sentido, "no constan visitas de los letrados integrados en ese grupo de abogados al centro penitenciario de Nanclares de Oca (Alava), donde se encuentran los presos de ETA que han abandonado la disciplina de la organización terrorista".
Según expone el auto, de ese grupo de abogados forma parte Iñaki Goioaga , "quien al menos en los años 2012, 2013 y 2014 -señala el auto-- asistió a alguna de esas reuniones y llevó a cabo posteriormente las visitas previstas en ellas a los centros penitenciarios asignados, entrevistándose con distintos internos con el contenido y finalidad referidas".
Al ser senador y ser aforado, el Supremo tuvo que pedir un suplicatorio a la Cámara Alta para poder investigarle.