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Bruselas defiende la devolución al cliente de todo lo cobrado de más por una cláusula suelo anulada

  • Justifica ante la Corte europea la retroactividad descartada por el Supremo

  • Su opinión es parte del procedimiento por la consulta de un juzgado granadino

  • La recomendación no es vinculante y el Tribunal de la UE aún debe decidir

RTVE.es
4 min.

La Comisión Europea defiende que la nulidad de una cláusula suelo considerada abusiva por los tribunales implica la devolución al cliente de todas las cantidades cobradas de más por su banco desde la firma de la hipoteca. Este argumento de Bruselas figura en un documento enviado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea dentro del procedimiento para resolver una consulta que el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada le realizó el pasado abril.

Según ha confirmado Ausbanc -impulsora del procedimiento- a RTVE.es, en su recomendación (ver documento en pdf), los técnicos del Ejecutivo comunitario sostienen que "el cese en el uso de una determinada cláusula nula por abusiva (...) como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor es incompatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad".

En su documento, Bruselas sólo justifica que haya una limitación a esas devoluciones para "preservar el principio de cosa juzgada", es decir que aquellas entidades y clientes cuyos conflictos por cláusulas suelo hayan sido resueltas por sentencias judiciales firmes ya no podrán ser modificadas.

Además, desde la Asociación Hipotecaria Española, su presidente ha recordado en TVE que, si finalmente el Tribunal de Justicia de la UE se pronunciara en línea con el argumento de la Comisión, la devolución completa de lo cobrado sólo podría aplicarse en los casos de las cláusulas suelo declaradas abusivas por un tribunal, ya que ese tipo de cláusula en sí misma no es ilegal.

Asociación Hipotecaria: "El final de las cláusulas suelo no parece que esté demasiado lejos"

En contradición con el Supremo español

El argumento de la Comisión Europea contradice la decisión del Tribunal Supremo español que, en la sentencia en la que declaró la nulidad por abusivas de las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Cajamar y Novacaixagalicia -ahora bajo la marca Abanca-, señaló que no debía imponerse la retroactividad -que hubiese supuesto la devolución del dinero cobrado de más a los clientes- porque eso pondría en peligro la solvencia de un sector financiero que acababa de ser rescatado con 40.000 millones de dinero público. Así, fijó mayo de 2013 como fecha a partir de la cual devolver las cantidades cobradas.

De hecho, la recomendación enviada sobre este asunto por España apoya al Alto tribunal (ver documento en pdf), ya que -como destaca en su documento remitido a la Corte europea- "en aras de preservar el equilibrio contractual y la seguridad jurídica", el Supremo "limita los efectos económicos que pudieran derivarse de la declaración de nulidad desde la fecha de la sentencia".

Una vez conocida la opinión de Bruselas al respecto -que no es vinculante-, así como la de España y otros países interesados en el asunto prejudicial, la Corte de justicia europea debe posicionarse.

Pendientes de la sentencia por las cláusulas suelo de 35 entidades

El argumento de la Comisión Europea se conoce en un momento crucial, ya que la juez de lo Mercantil número 11 de Madrid debe pronunciarse en primera instancia sobre la demanda colectiva interpuesta por 15.000 afectados por las cláusulas suelo. Así, la magistrada podría tener en cuenta ahora esa opinión y abogar por la retroactividad de las polémicas cláusulas suelo.

El pasado 24 de junio quedaba visto para sentencia ese procedimiento, abierto en 2010 a raíz de la demanda formulada por la asociación Adicae, que inicialmente se dirigió contra 101 entidades bancarias, que después quedaron reducidas a 35 como resultado de las fusiones ejecutadas desde que se presentó la demanda.

Entre las entidades demandadas, BBVA, Cajamar y Abanca -por la sentencia del Supremo-, Banesto y Barclays, dejaron de aplicar estos umbrales, que impiden al hipotecado beneficiarse íntegramente de eventuales rebajas del euríbor.

Además, Bankia y CaixaBank han informado la semana pasada de que han eliminado ese tipo de cláusulas de los préstamos hipotecarios, mientras que otros bancos, como Sabadell o Popular, se resisten a hacerlo al asegurar que ellos las vendieron correctamente.

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