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Las agencias de protección de datos aprueban una guía para aplicar el derecho al olvido en Europa

  • Aclaran aspectos de la sentencia del Tribunal de Justicia europeo de mayo

  • La información no se suprime aunque no salga en los resultados de búsqueda

  • Las informaciones que sean de interés público se dejarán

  • Los ciudadanos reclamarán a cada buscador y se analizará caso por caso

RTVE.es
4 min.

El Grupo de Autoridades europeas de protección de datos (GT29) ha aprobado una guía con 25 puntos para que existan criterios comunes a la hora de aplicar el llamado 'derecho al olvido', es decir, que los buscadores de Internet eliminen enlaces obsoletos que perjudiquen al ciudadano previa petición y examen de cada caso.

El documento que se ha aprobado pretende aclarar la aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 13 de mayo sobre el ‘derecho al olvido’, que ha llegado a considerarse difusa.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ha sido ponente del texto, ha informado de algunos de los principales puntos de la nueva guía en base a la sentencia del alto tribunal europeo.

Además de estas directrices, las autoridades de protección de datos han elaborado unos criterios comunes para evaluar las solicitudes presentadas por los ciudadanos cuando los buscadores les han denegado o no han atendido adecuadamente sus derechos de cancelación u oposición.

Con ello persiguen que se haga una aplicación armonizada de los derechos, con independencia de que cada solicitud o petición de los ciudadanos debe ser analizada individualmente.

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