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La Audiencia Nacional rechaza aplicar la 'doctrina Parot' a un etarra y será excarcelado

  • Acuerda por mayoría la libertad del etarra Kepa Miren Márquez

  • Este mismo viernes ya tiene cumplida la pena que le fue impuesta

RTVE.es/EFE
3 min.

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado este viernes por mayoría el licenciamiento definitivo del etarra Kepa Miren Márquez del Fresno tras rechazar aplicarle la 'doctrina Parot', por lo que este mismo viernes ya tendría cumplida la pena que le fue impuesta y deberá ser excarcelado.

Según han informado fuentes jurídicas, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que preside Fernando Grande-Marlaska, ha adoptado esta decisión al entender que a este preso etarra, en la resolución que dictó la sección tercera para la ejecución de la sentencia, se apuntaba que el cómputo se le haría sobre el máximo de 30 años prisión.

La mayoría de los 18 magistrados que componen el pleno han entendido que esa salvedad supone que no cabe en este caso la aplicación de la llamada 'doctrina Parot', un criterio establecido por el Tribunal Supremo que establece que las redenciones de condenas por beneficios penitenciarios no se apliquen sobre el máximo legal de 30 años de prisión, sino sobre cada una de las penas, lo que supone un alargamiento de su estancia en la cárcel.

Márquez del Fresno integraba el comando Vizcaya junto a Juan Carlos  iglesias Chouzas "Gadafi" y en 1991 participó en un atentado con  coche-bomba contra el cuartel de la Guardia Civil de Casalarreina  (Logroño), en el que resultó herido leve un agente.

También  intervino en un atentado del "comando Madrid", en junio de 1985, en el  que murieron el coronel Vicente Romero, su conductor, Juan García  Jiménez y el policía de los TEDAX Esteban del Amo.

A la espera de la sentencia del Tribunal Europeo

Esta decisión se produce cuando aún se está a la espera de la sentencia que debe dictar la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación al recurso que interpuso el gobierno de España en el caso de la presa etarra Inés del Río Prada y la aplicación de la 'doctrina Parot'.

Estrasburgo afirmó en esa sentencia recurrida que la citada doctrina "vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a las personas condenadas bajo el antiguo código penal de 1973" y solicitó la puesta en libertad de Del Río "a la mayor brevedad posible".

El pasado 8 de marzo, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya ordenó la puesta en libertad del etarra Juan Ramón Rojo al acordar su licenciamiento definitivo, pese a que en su día se le aplicó la llamada 'doctrina Parot' y su salida de prisión no estaba prevista hasta 2022.

El pleno llegó a ese acuerdo por diez votos a ocho al considerar que en este caso era de aplicación una reciente doctrina del Tribunal Supremo (TS) ratificada por el Tribunal Constitucional (TC) que lleva a reducir el tiempo de estancia en prisión.

En virtud de esa doctrina, el TC puso en libertad a cinco etarras, el Supremo a dos y la Audiencia Nacional acordó entonces esa primera libertad.

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