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Claves para gestionar la devolución de los billetes de Spanair

  • Consumo recomienda conservar "siempre" el billete de Spanair

  • Las quejas, en primer lugar, a la propia compañía, luego a AESA

RTVE.es
4 min.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto Nacional de Consumo (INC), ha informado de los derechos que tienen los pasajeros afectados por la suspensión de la actividad de la compañía aérea Spanair.

A través de un comunicado, el Departamento que dirige Ana Mato afirma que los pasajeros que "hubieran adquirido un paquete de viaje tienen derecho a reclamar un transporte alternativo a la compañía y a la Agencia de Seguridad Aérea (AESA)".

Por su parte, los usuarios a los que "no se les pueda proporcionar este transporte tienen derecho a reclamar la devolución de los pagos que hayan adelantado".

Consumo avisa que las quejas, en primer lugar, deben dirigirse a la propia compañía aérea y, si no recibieran respuesta, se presentaría una reclamación en la AESA.

Para gestionar las reclamaciones, Consumo recomienda conservar "siempre el título de transporte, la tarjeta de embarque y los correos electrónicos que hayan intercambiado con la compañía".

Por su parte, el secretario de Territorio y Movilidad de la Generalitat, Dami Calvet, ha pedido a los clientes que no tengan que volar este sábado que no vayan al aeropuerto e intenten hacer las gestiones a través del teléfono o internet.

Información práctica

Ante la suspensión de actividades de Spanair, RTVE.es ha recopilado diversas informaciones de interés para los consumidores.

Por otra parte, Facua ha pedido al Ministerio de Fomento una reunión de urgencia con las organizaciones de consumidores.

La Organización Mundial de los Consumidores (OCU) aconseja  conservar todo título de transporte, tarjeta de embarque, correos  electrónicos y cualquier otro justificante a los pasajeros que  adquirieron un billete para volar con Spanair y quieran poner una  reclamación después de quedarse en 'tierra'. 

La organización insta a los clientes a reclamar  sus derechos. "Cuando se cancela o suspende un vuelo, el usuario  tiene derecho, además de a la asistencia básica a que le den a elegir  entre llevarle a su destino en condiciones comparables lo antes  posible, o devolverle el precio del billete en un plazo de siete  días", señala.

Así, las cuantías a las que los consumidores tienen derecho oscilan  entre 250 y 600 euros en función de la distancia del vuelo, "aunque  una vez declarado el concurso de acreedores, será difícil llegar a  cobrar esa compensación", recalca.

En caso de que el vuelo formara parte de un viaje combinado, y por  tanto se hubiera contratado junto con un alojamiento u otro servicio,  "los clientes han de dirigirse a la agencia de viajes donde lo  contrataron para reclamar la devolución del importe o el cambio del  vuelo por otro", informa.

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